Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2021 (23/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 199

199 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / Que, mediante la Ordenanza Nº 1081, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 07 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU “Normas aplicables a la recti fi cación de los planos de zoni fi cación de los usos del suelo aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima”; Que, a través del Documento Simple N° 114847-2020, la Empresa Servicentro San Hilarión S.A, representada por el señor José Alfredo Rengifo Panduro, identi fi cado con DNI N° 07413077, presenta la solicitud de Recti fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza Nº 1081 de fecha 07 de octubre del 2007, de Área de Vía a Comercio Zonal (CZ) del inmueble con un área de terreno es de 13,116.67 m² y ubicado en la intersección de Av. Canto Grande, Av. Las Flores de Primavera y Av. Jardines San Hilarión Oeste, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con O fi cio N° 579-2020-MML-GDU-SPHU de fecha 04 de diciembre de 2020, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite el expediente al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima el Informe Nº 448-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 3 de diciembre de 2020, el cual contiene el análisis de lo solicitado por el administrado, advirtiendo que el predio en mención contaba con Zoni fi cación Residencial de Densidad Media – R4 y sin zoni fi cación, conforme el Plano de Zoni fi cación General de 1990 de Lima Metropolitana, y modi fi cado a sin zoni fi cación aprobado por la Ordenanza N° 1081, cali fi cación actualmente vigente. De esta manera, se evidencia la existencia de error material por la ausencia de color en el plano de zoni fi cación vigente enmarcándose en uno de los supuestos establecidos en la Directiva N° 001-2018-MML-GDU; Que, mediante O fi cio N° 0203-21-MML-IMP-DE de fecha 19 de febrero de 2021, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite el Informe de Recti fi cación de Plano de Zoni fi cación N° 003-2021-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 18 de febrero de 2021. Dicho Informe realiza una evaluación integral, reconociendo los documentos contenidos en el expediente presentados por el administrado que acreditan que parte del predio ha tenido zoni fi cación de tipo Residencial de Densidad Media (R3) y el resto del predio tenía la cali fi cación de vía pública, tal como se visualiza en el plano de zoni fi cación aprobado por Ordenanza N° 1081. Según la Directiva N° 001-2018-MML-GDU, que aprueba las normas aplicables a la recti fi cación de los Planos de Zoni fi cación de Usos del Suelo aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, considera que para proceder a recti fi car la zoni fi cación por encontrarse error material, como equivocación u omisión en el Plano de Zoni fi cación de Usos del Suelo, a esta solicitud de recti fi cación correspondería al inciso b.1) Error de grafi cación, debido a la imprecisión de la base cartográ fi ca considerada al momento de la formulación del Reajuste Integral de Zoni fi cación y al enciso b.2) Error en la aplicación del color o ausencia de éste o error que genere confusión evidente en la nomenclatura de la cali fi cación de la zoni fi cación. La habilitación Urbana, del predio materia de consulta, de fi nió dos Manzanas identi fi cadas como 1 y 2. Además, el administrado señala que el tamaño de las manzanas se han modi fi cado determinando un grá fi co, adecuándose por las secciones viales de las vías que las rodean y pertenecen al Sistema Vial Metropolitano. En este sentido, se debe corregir el error de gra fi cación, debido a la imprecisión de la base cartográ fi ca considerada al momento de la formulación del Reajuste Integral de Zoni fi cación y el Error en la aplicación del color o ausencia de éste o error que genere confusión evidente e la nomenclatura de la califi cación de la zoni fi cación. En tal sentido, a partir de lo expuesto se concluye favorable a la recti fi cación de zonifi cación de acuerdo a lo expuesto; Que, cabe mencionar que a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al titular de la entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 035-2021-MML-CMDUVN de fecha 10 de marzo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA Nº 1081 Artículo 1. Recti fi car el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 1081 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre de 2007, precisando la cali fi cación de Zona de Comercio Zonal –CZ para el predio ubicado en la intersección de Av. Canto Grande, Av. Las Flores de Primavera y Av. Jardines San Hilarión Oeste, distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, solicitado por la Empresa Servicentro San Hilarión S.A, representada por el señor José Alfredo Rengifo Panduro, a través del Documento Simple N° 114847-2020, conforme al grá fi co del Anexo N° 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el plano de Zoni fi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de la Alcaldía 1975306-15 Ordenanza que aprueba la Reglamentación Especial de la ZRE - 1 Quebrada Huachipa (Huachipa - Nievería) del plano de zonificación del distrito de Lurigancho Chosica aprobado por Ordenanza N° 1099 ORDENANZA N° 2383-2021 Lima, 16 de julio de 2021EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar