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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2021 (23/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 200

200 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales: “Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental”; y “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2014, se regula el proceso de plani fi cación del desarrollo territorial-urbano del Área Metropolitana de Lima, sede de la Capital de la República del Perú, regulando la formulación, aprobación, actualización y la gestión del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, los planes urbanos distritales, así como el conjunto de instrumentos de gestión; Que, con Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de abril de 2018, se regula el cambio de zoni fi cación en la provincia de Lima, en concordancia con las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, plani fi cación urbana y zonifi cación de áreas urbanas, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones sobre la materia; y derogan la Ordenanza Nº 1911; Que, mediante Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12 de diciembre de 2007, se aprueban el reajuste integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de Ate, Chaclacayo y Lurigancho – Chosica; Que, mediante O fi cio N° 1437-2018/MDL-GM de fecha 19 de noviembre de 2018, la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica remite al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima la Propuesta del Plan Especí fi co de la Quebrada Huachipa (Huachipa Nievería) ubicado en el distrito de Lurigancho Chosica en el marco de la Ordenanza Nº 1862. Esta propuesta no involucra toda la zona con cali fi cación ZRE-1 según Plano de Zoni fi cación del distrito de Lurigancho Chosica aprobada por Ordenanza N° 1099, quedando gran parte de dicho sector con la cali fi cación ZRE-1; Que, con O fi cio N° 0634-20-MML-IMP-DE de fecha 13 de agosto de 2020, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima envía a la Municipalidad de Lurigancho Chosica la Propuesta del Plan Especí fi co de la Quebrada Huachipa (Huachipa-Nievería) presentada por la Municipalidad de Lurigancho Chosica de la gestión edil anterior para su exhibición pública en el local y en el portal web de la Municipalidad de Lurigancho Chosica durante el plazo de (30) días calendario. Sin embargo, luego de culminar dicho plazo de exhibición, en el IMP se recibieron recomendaciones y observaciones de propietarios respecto de la propuesta de zoni fi cación del Plan Especí fi co de la Quebrada Huachipa (Huachipa Nievería); Que, con O fi cio N° 1381-20-MML-IMP-DE de fecha 18 de diciembre de 2020, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación remite a la Gerencia Municipal Metropolitana de Lima la Propuesta Final del Plano de Zoni fi cación y Especi fi caciones Normativas Generales y Cuadros Normativos como resultado de la Propuesta del Plan Especí fi co de la Quebrada Huachipa (Huachipa Nievería) presentada por la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. En ese sentido, adjunta el Informe N° 047-2020-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 29 de noviembre de 2020, presenta en resumen el diagnóstico y la evaluación fi nal de la propuesta que contiene el objetivo general, objetivos especí fi cos y la propuesta con el Pronunciamiento fundamentado en el marco de la Ordenanza N° 1862; Que, cabe mencionar que a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al titular de la entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 020-2021-MML-CMDUVN de fecha 24 de febrero de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN ESPECIAL DE LA ZRE – 1 QUEBRADA HUACHIPA (HUACHIPA - NIEVERÍA) DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA APROBADO POR ORDENANZA N° 1099 Artículo 1. Aprobar el Plano de Zoni fi cación de la Quebrada Huachipa (Huachipa - Nievería) ubicado en el distrito de Lurigancho Chosica, siendo parte del Área de Tratamiento Normativo I de la Ordenanza N° 1099, que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Aprobar las Especi fi caciones Normativas Generales para la Habilitación Urbana de la Quebrada Huachipa (Huachipa – Nievería), que como Anexo Nº 02 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3. Aprobar los Cuadros Normativos de la Quebrada Huachipa (Huachipa – Nievería), que como Anexo Nº 03 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 4. Precisar que, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Índice de Usos para las Actividades Urbanas de la Quebrada Huachipa (Huachipa – Nievería) que conforma parte del Área de Tratamiento Normativo I, aprobada por Ordenanza N° 1099, considerará lo señalado en los puntos 6, 7 y 8 de las Especi fi caciones Normativas Generales que como Anexo N° 02 se aprueba con la presente Ordenanza. Artículo 5. Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobadas en la presente Ordenanza. Artículo 6. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluidos sus Anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Única.- Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano de Zoni fi cación y Especi fi caciones Normativas que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años sean evaluados conjuntamente por la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica y la Municipalidad Metropolitana de Lima, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Durante dicho período, se suspenden los Cambios Especí fi cos de Zoni fi cación salvo que excepcionalmente se presenten solicitudes con cali fi cación de Interés Local o de Interés Metropolitano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de la Alcaldía 1975306-16