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197 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / Además, se identi fi ca un antecedente de recti fi cación de un lote colindante al predio materia de la presente solicitud de recti fi cación, donde mediante Ordenanza N° 2251 se aprueba la recti fi cación de parte del predio a zoni fi cación Residencial de Densidad Media (RDM) y el resto queda como Zona de Recreación Pública - ZRP. Esta recti fi cación presenta las mismas características del predio solicitante, teniendo como base el grá fi co del plano de zoni fi cación aprobada por la Ordenanza N° 418. Para la recti fi cación en el predio de la solicitud, por tratarse de un extenso predio que tiene un área de 10,460,00 m², recomienda que la recti fi cación como Error de gra fi cación de zoni fi cación debido a la imprecisión de la base cartográ fi ca considerada al momento de la formulación del Reajuste Integral de Zoni fi cación, se aplique al predio del recurso a Pedido de Parte en el marco de la Resolución de Alcaldía N° 026 de 24 de enero de 2018, que aprueba la Directiva N° 001-2018-MML-GDU. En tal sentido, a partir de lo expuesto se concluye favorable a la recti fi cación de zoni fi cación de acuerdo a lo expuesto; Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al titular de la entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 029-2021-MML-CMDUVN de fecha 03 de marzo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA APROBADO POR ORDENANZA N° 1086 Artículo 1.- Recti fi car el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de Punta Hermosa aprobado por Ordenanza N° 1086 publicada en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 26 de octubre de 2007, precisando la califi cación de Residencial de Densidad Media – RDM y de Zona de Recreación Pública – ZRP, para el predio ubicado en las Laderas del Acantilado Zona Alta de la Calle 28 de Julio, distrito de Punta Hermosa, Provincia y Departamento de Lima, solicitado por la señora María Pía de Tramontana Gaillard, el señor José Carlos Andrés Tramontana Gaillard, el señor Jorge Luis de Tramontana Gaillard, el señor Renzo Lucas de Tramontana Castro, la señora Paulinne Ducassi Ferrand y el señor Franco Carlo de Tramontana Castro, con Documento Simple Nº 131535-2020 y N° 152071-2020, conforme al grá fi co del Anexo N° 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el plano de Zoni fi cación del distrito de Punta Hermosa, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 1975739-1Ordenanza que rectifica el plano de zonificación de los usos del suelo del distrito de San Borja aprobado por Ordenanza Nº 1063 ORDENANZA Nº 2381-2021 Lima, 16 de julio de 2021EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales: “Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental”; y “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2014, se regula el proceso de plani fi cación del desarrollo territorial-urbano del Área Metropolitana de Lima, sede de la Capital de la República del Perú, regulando la formulación, aprobación, actualización y la gestión del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, los planes urbanos distritales, así como el conjunto de instrumentos de gestión; Que, con Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de abril de 2018, se regula el cambio de zoni fi cación en la provincia de Lima, en concordancia con las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, plani fi cación urbana y zonifi cación de áreas urbanas, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones sobre la materia; y derogan la Ordenanza Nº 1911; Que, mediante Ordenanza N° 1063, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 10 de septiembre de 2007, se aprueban reajuste integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Borja conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU “Normas aplicables a la recti fi cación de los planos de zoni fi cación de los usos del suelo aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima”; Que, a través del Documento Simple N° 63973- 2020 de fecha 26 de febrero de 2020, la Empresa Prado y Crane S.A.C., representada por el señor Alejandro Amaya Tamez identi fi cado con DNI N° 49008732, solicita la Recti fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de San Borja aprobado por Ordenanza Nº 1063 de fecha 10 de septiembre del 2007, de Residencial de Densidad Alta (RDA) a Comercio Zonal (CZ) del inmueble de su propiedad constituido por los Lotes 9, 10, 11 y 12 de la Manzana E de la Urbanización Jacarandá con frente a