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198 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / la Avenida Javier Prado S/N, en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, al amparo de la Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018, que aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU; Que, con O fi cio N° 378-2020-MML-GDU-SPHU de fecha 10 de agosto de 2020, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite el expediente al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima el Informe Nº 220-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 17 de julio de 2020, el cual contiene el análisis de lo solicitado por el administrado, indicando que de la revisión de los antecedentes se advierte que con Ordenanza N° 175 se declaró procedente el cambio de zoni fi cación de R5 a CE del predio materia de recti fi cación y cali fi có al eje vial metropolitano Av. Javier Prado como Comercio Sectorial – C3, zoni fi cación que no ha sido recogida en el Plano de Zoni fi cación de Usos de Suelos del distrito de San Borja, aprobado con Ordenanza N° 1063; Que, mediante O fi cio N° 0116-21-MML-IMP-DE de fecha 27 de enero de 2021, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite el Informe de Recti fi cación de Plano de Zoni fi cación N° 002-2021-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 26 de enero de 2021. Dicho Informe concluye que el Plano de Zoni fi cación de Usos del Suelo del Distrito de San Borja aprobado con la Ordenanza N° 1063, por error de gra fi cación ha cali fi cado al frente de la Avenida Javier Prado Este en el Distrito de San Borja, donde actualmente se ubica el predio en cuestión, con zoni fi cación Residencial de Densidad Alta (RDA), vulnerando la cali fi cación que le fue otorgada en el año 1998 como Comercio Sectorial (C3) o su equivalente a Comercio Zonal (CZ), por lo que, corresponde su recti fi cación administrativa, conforme lo señala la Directiva N°001-2018-MML-GDU aprobada con la Resolución de Alcaldía N° 026 del 24 de enero de 2018. En tal sentido, a partir de lo expuesto se concluye favorable a la recti fi cación de zoni fi cación de acuerdo a lo expuesto; Que, cabe mencionar que a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al titular de la entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 034-2021-MML-CMDUVN de fecha 10 de marzo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE SAN BORJA APROBADO POR ORDENANZA Nº 1063 Artículo 1. Recti fi car el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Borja, aprobado por Ordenanza Nº 1063 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de septiembre del 2007, precisando la cali fi cación de Comercio Zonal (CZ) del inmueble constituido por los Lotes 9, 10, 11 y 12 de la Manzana E de la Urbanización Jacarandá con frente a la Av. Javier Prado S/N, distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima, haciéndolo extensivo para el frente de manzana hacia la Avenida Javier Prado Este entre la Calle Cavallini y el Jirón Stephen Crane, solicitado por la Empresa Prado y Crane S.A.C., representada por el señor Alejandro Amaya Tamez con Documento Simple Nº 63973-2020, conforme al grá fi co del Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación del distrito de San Borja, la recti fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza.Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de San Borja, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de la Alcaldía 1975306-14 Ordenanza que rectifica el plano de zonificación de los usos del suelo del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza Nº 1081 ORDENANZA N° 2382-2021 Lima, 16 de julio de 2021EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales: “Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental”; y “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2014, se regula el proceso de plani fi cación del desarrollo territorial-urbano del Área Metropolitana de Lima, sede de la Capital de la República del Perú, regulando la formulación, aprobación, actualización y la gestión del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, los planes urbanos distritales, así como el conjunto de instrumentos de gestión; Que, con Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de abril de 2018, se regula el cambio de zoni fi cación en la provincia de Lima, en concordancia con las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, plani fi cación urbana y zonifi cación de áreas urbanas, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones sobre la materia; y derogan la Ordenanza Nº 1911;