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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / los gobiernos regionales y locales y demás entidades públicas y privadas relacionadas con el acondicionamiento territorial, la plani fi cación urbana y la gestión urbana, el uso del suelo, y la ciudadanía en general, se guían por las siguientes directrices: 1. El acondicionamiento, la plani fi cación urbana y la gestión urbana en los niveles territorial y urbano deben estar orientados a través de un sistema articulado que considere los diferentes planes y parámetros sectoriales de infraestructura y edifi cación, encaminado a un pacto social urbano entre la autoridad y la ciudadanía en las distintas escalas del territorio nacional. Ello comprende: a. Consolidar instrumentos de plani fi cación urbana y gestión urbana adecuados, que brinden las herramientas necesarias a las autoridades locales para lograr un desarrollo sustentable, en armonía con el ambiente y los ecosistemas, y una redistribución equitativa de los recursos urbanos. b. Fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales para la plani fi cación urbana y gestión efectiva del suelo urbano, estableciendo, a su vez, la responsabilidad de mantener actualizados los instrumentos de ordenamiento territorial, plani fi cación urbana y gestión urbana, según las necesidades locales. c. Propiciar el diseño de herramientas de gestión del suelo, que permitan fi nanciar la revaloración del patrimonio cultural y natural, la generación de Vivienda de Interés Social, la reserva de suelo para atender las necesidades de interés público y la ejecución de obras de utilidad pública. d. Propiciar mecanismos que involucren y empoderen a la ciudadanía en la toma de decisiones y la producción vinculada a la plani fi cación urbana y gestión del territorio, las ciudades y centros poblados, así como su participación en los bene fi cios y cargas que genera el desarrollo. 2. Las actuaciones urbanísticas deben impulsar una ocupación del suelo sostenible, e fi ciente, equitativa, segura y racional, que permitan tener ciudades seguras, accesibles, justas, sostenibles y diversas y que, a su vez, permitan proteger los valores paisajísticos, patrimoniales y naturales del territorio. A efectos de ello, se considera: a. Impulsar el urbanismo sostenible, que tome en consideración los impactos ambientales y la huella ecológica producida por los asentamientos humanos y sus actividades, controlando la explotación del suelo, protegiendo o regenerando las áreas urbanizadas, incentivando el uso sostenible y efi ciente de la tierra y de los recursos en el desarrollo urbano, protegiendo ecosistemas y la diversidad biológica. Las políticas, planes, programas o proyectos que puedan generar implicancias ambientales signi fi cativas en los espacios urbanos están sujetas a las disposiciones establecidas en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, su Reglamento y las normas ambientales complementarias vigentes. b. Impulsar una adecuada Gestión del Riesgo de Desastres y adaptación al cambio climático, a fi n de prevenir y reducir sus efectos, a través de procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, y de preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de desastres, así como mediante la implementación de medidas de adaptación. c. Priorizar la actuación urbanística en favor de la ciudadanía que vive en situación de vulnerabilidad ante desastres, buscando reducir las situaciones de riesgo y la desigualdad urbana y generar espacios con condiciones de accesibilidad. d. Promover la inversión privada, otorgando los bene fi cios establecidos en la normativa urbanística correspondiente a aquellos proyectos que cumplan ciertas fi nalidades de interés público; así como estableciendo las cargas a los desarrollos inmobiliarios que supongan un incremento en la demanda e intensidad del uso de la infraestructura y dotaciones públicas. e. Promover el acceso ordenado al suelo urbano habilitado, eliminando la ilegalidad y la especulación en todas sus modalidades, así como el crecimiento no plani fi cado de ciudades y centros poblados y sus impactos negativos; resguardando la calidad urbanística de las ciudades y centros poblados, y la calidad paisajística de sus entornos naturales. f. Impulsar la gestión integral de los residuos sólidos, priorizando su minimización o valorización frente a cualquier otra alternativa. Impulsar en los Gobiernos locales la implementación de programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de los residuos sólidos así como el desarrollo de proyectos que permitan fomentar el uso de materiales reciclables en mobiliario e infraestructura urbana (dispositivos de almacenamiento hechos con material reciclable, uso de neumáticos fuera de uso como insumo en mezcla asfáltica, entre otros). g. Impulsar el desarrollo de la agricultura urbana en los gobiernos regionales y locales a fi n de promover la producción y consumo local de alimentos nutritivos, saludables. El desarrollo de esta actividad fomenta a su vez la valorización de residuos sólidos orgánicos mediante la producción de compost y la lombricultura tanto domiciliaria como comunitaria. 3. La función urbanística, entendida como la función de elaborar, aprobar e implementar los instrumentos de plani fi cación urbana y territorial debe garantizar condiciones territoriales y urbanas que aseguren la calidad y promoción de Vivienda de Interés Social, equipamiento, movilidad, servicios básicos y espacios públicos, en los barrios de las ciudades y centros poblados del territorio nacional, atendiendo a las particularidades geográ fi cas y culturales existentes en el territorio donde se desarrollen. Para ello se debe: a. Impulsar el desarrollo de dinámicas que aseguren el acceso universal, equitativo, seguro, asequible y con condiciones de accesibilidad a la infraestructura urbana, movilidad urbana, equipamiento urbano, espacios públicos de calidad y a los medios que permitan conectar a las personas con sus centros de trabajo o actividades económicas. b. Asumir una participación activa en la promoción de Vivienda de Interés Social y en la reducción del dé fi cit habitacional. Incentivar proactivamente a través de los instrumentos previstos en la normativa urbanística la inversión privada en la creación de Vivienda de Interés Social. c. Considerar los diferentes contextos ambientales, geográ fi cos y las diversas necesidades determinadas por los tipos de hogares y personas, los factores socio-económicos y culturales y las formas de convivencia, en el desarrollo de las soluciones habitacionales. d. Promover soluciones habitacionales que respondan a una estrategia para la equidad espacial y territorial; que busquen producir Vivienda de Interés Social en una