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65 NORMAS LEGALES Viernes 4 de junio de 2021 El Peruano / Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, establece que toda persona tiene el derecho de acceder a la información que poseen el Ministerio del Ambiente y las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental o desempeñan funciones ambientales en todos sus niveles nacional, regional o local; a su vez, el artículo 5 de la misma norma señala que la información ambiental que las entidades accedan, posean, produzcan o tengan disponible como resultado del ejercicio de sus funciones tiene carácter público y está sujeta a los mecanismos de acceso a la información pública; Que, la Ordenanza N° 2094, Ordenanza que crea el Sistema Metropolitano de Información Ambiental (SMIA) de la Provincia de Lima, como una Red de integración, tecnológica, institucional, técnica y humana para facilitar la sistematización, acceso, difusión y distribución de la información ambiental, así como para establecer y garantizar un intercambio fl uido de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental en el ámbito jurisdiccional de la provincia de Lima; por otro lado, se dispone que las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima tienen la responsabilidad de facilitar la información ambiental de su competencia, para su inclusión en el SMIA y promoverán mecanismos de participación ciudadana en los procesos de elaboración y difusión de la información ambiental; Que, el artículo 18 de la Ordenanza N° 2256, Ordenanza que Actualiza el Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental de la Provincia de Lima, establece que el SMIA debe estar interconectado con los Sistemas de Información Ambiental Local (SIAL) de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, para facilitar que sus bases de información sean interoperables y que los datos ambientales estén plenamente disponibles y accesibles en su contexto y escala territorial; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010, se aprobó el Reglamento del Ordenanza N° 2094, Ordenanza que crea el Sistema Metropolitano de Información Ambiental (SMIA) de la Provincia de Lima, con el objeto de regular su funcionamiento, a fi n de garantizar que las personas puedan acceder libremente a la información disponible en el SMIA, señalándose que está conformado por la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidad Distritales de la Provincia de Lima; Que, el artículo 10 de la Ordenanza N° 536-MPL, Ordenanza que Regula el Sistema Local de Gestión Ambiental y la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Pueblo Libre, crea el Sistema Local de Información Ambiental como una Red para facilitar la sistematización, acceso, difusión y distribución de la información ambiental producida en el distrito de Pueblo Libre, así como establecer y garantizar un intercambio fl uido de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental; en cuyo artículo tercero faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación´+on de la referida ordenanza; Que, mediante el Informe N° 108-2021-MPL-GDUA de fecha 14 de mayo de 2021, la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente hace suyo el Informe N° 173-2021-MPL-GDUA/SGGA de fecha 20 de abril de 2021, a través del cual la Subgerencia de Gestión Ambiental presenta el Reglamento del Sistema Local de Información Ambiental (SIAL) del distrito de Pueblo Libre, el cual tiene como objetivo reglamentar el funcionamiento, difusión, contenido, evaluación, operatividad e interoperabilidad del Sistema Local de Gestión Ambiental en concordancia con la normativa vigente, el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Informe N° 113-2021-MPL-GPP de fecha 10 de marzo de 2021; de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional Informe N° 041-2021-MPL-GCII de fecha 01 de marzo de 2021; y, de la Gerencia de Tecnología de la Información Memorándum N° 083-2021-MPL-GTI, por lo que solicita su aprobación; Que, mediante Informe Legal Nº 192-2021-MPL- GAJ, de fecha 27 de mayo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable en el sentido de que el Proyecto de Reglamento del Sistema Local de Información Ambiental (SIAL) del distrito de Pueblo Libre, deba ser sometido a la aprobación del Alcalde mediante Decreto de Alcaldía; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTICULO 20 Y AL ARTICULO 42 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA:Artículo Primero.- APRUÉBASE el Reglamento del Sistema Local de Información Ambiental (SIAL) del distrito de Pueblo Libre, el mismo que consta de Dos (02) Títulos, Diez (10) Artículos y Cuatro (04) Disposiciones Complementarias Finales, que en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tecnología de la Información, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación del íntegro del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1959297-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA Aprueban Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo virtual en el distrito de Asia para el Año Fiscal 2021 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2021/MDA Asia, 13 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Asia, reunido en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de marzo del 2021; VISTO:El Informe Nº 022-2020-GDIS-SGPV/MDA, de fecha 13 de noviembre del 2020, de la Sub Gerencia de Participación Vecinal; Informe Nº 1011-2020-GDIS/MDA, de fecha 25 de Noviembre del 2020, de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social; Opinión Legal Nº 025-2021-GAJ/MDA, de fecha 25 de febrero del 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el Gobierno Local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el articulo Nº194º de la Constitución Política del Perú y del articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades;