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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (04/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 4 de junio de 2021 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo 1º.- MODIFICAR; el Artículo 184° de la Ordenanza 491-MDA, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate, dejando sin efecto los literales m., n., y o. referidos a funciones respecto al Servicio de Transporte en Vehículos Menores, los mismos que establecían lo siguiente: m. Plani fi car, organizar y dirigir, organizar y supervisar las actividades relacionadas con el servicio de transporte de vehículos menores, así como el mal uso de la vía de vehículos automotores y emisiones de gases tóxicos en cumplimiento de la normatividad vigente, aplicando las sanciones previstas en el RAS y CUIS. n. Controlar y Supervisar la circulación del tránsito en apoyo a la Policía Nacional del Perú. o. Plani fi car, organizar, dirigir y supervisar las actividades relacionadas con el Servicio de Transporte mayor, en sus diversas modalidades previo Convenio de Fiscalización con la Municipalidad Metropolitana de Lima, en cumplimiento de la normatividad vigente, aplicando las sanciones correspondientes a quienes las incumplen. Artículo 2º.- MODIFICAR; el Artículo 195° de la Ordenanza N° 491-MDA, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate, el cual quedará redactado de la siguiente manera: (…) Artículo 195º.- La Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad es un órgano de línea que tiene como objetivo supervisar las actividades relacionadas al servicio de transporte, así como garantizar la movilidad urbana en el ámbito de su competencia; asimismo ejerce funciones de fi scalización en los temas de su competencia y jurisdicción en concordancia con las normas legales vigentes; teniendo como misión el propiciar el ordenamiento del transporte, acorde a la normatividad técnica-legal a través de la señalización y conforme a las políticas de desarrollo. Asimismo orienta sus acciones colaborando en la gestión del desarrollo económico local. (…) Artículo 3º.- INCORPORAR; los literales r. s. t. y u. al Artículo 197° de la Ordenanza N° 491-MDA, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate, con el texto siguiente: r. Organizar, plani fi car y dirigir los operativos de control de vehículos menores referidos al cumplimientos de la Ordenanza N° 457-MDA, y de ocupación de espacio público, aplicando las sanciones correspondientes del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza 481-MDA. s. Organizar, plani fi car y dirigir, los operativos de control de transporte de pasajeros y/o carga relacionados a Convenios suscritos con las autoridades pertinentes referidos a la fi scalización de servicio de transporte. t. Resolver en primera instancia los reclamos, impugnaciones u otros previstos en ley que se presenten en contra de los procedimientos administrativos sancionadores, Actas de Control, Resoluciones de Sanción y Otros. u. Administrar los Depósitos Vehiculares Municipales, disponiendo el internamiento y/o liberación de vehículos intervenidos según sea el caso. Artículo 4º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Ate a las funciones determinadas por la presente Ordenanza en la Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones; y, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad. Artículo 5º.- DEROGAR; las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Funciones y Competencias. Artículo 6º.- ENCARGAR; a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, a la Gerencia de Tecnologías de la Información el texto íntegro de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones en el Portal Institucional de la Entidad (www.muniate.gob.pe); asimismo, en el Portal web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1959697-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza que aprueba beneficios tributarios en el distrito de Independencia ORDENANZA N° 000428-2021-MDI Independencia, 31 de mayo del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIAVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Memorándum Nº 00157-2021-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 0022-2021-SGR-GATR-MDI de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 0042-2021-SGEC-GM-MDI de la Subgerencia de Ejecución Coactiva y el Informe Legal Nº 000114-2021-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba bene fi cios tributarios en el distrito de Independencia, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, constituye política de la Municipalidad de Independencia, brindar a sus vecinos las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, el Estado de Emergencia Sanitaria decretado en atención a las condiciones de pandemia generadas por el COVID-19 y el aislamiento que lo acompañan han afectado severamente las actividades económicas en general y la economía familiar de los vecinos del distrito, por lo que se hace necesario implementar medidas que faciliten la regularización de deudas tributarias y no tributarias e incentiven un comportamiento tributario oportuno; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y del Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Actas, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- Objeto: incentivar a los contribuyentes del distrito para el cumplimiento de