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36 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / de Documento de Organización y Funciones Provisional-DOFP, adjuntando los respectivos informes técnico y legal que sustentan la propuesta; Que, mediante O fi cio Nº D000383-2021-PCM-SGP del 7 de junio de 2021, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, adjunta el Informe D000138-2021-PCM-SSAP, comunicando a PROINVERSIÓN que la propuesta de modi fi cación de la estructura orgánica cumple con las disposiciones de los Lineamientos de Organización del Estado y como resultado de la evaluación emiten opinión técnica favorable a la propuesta de DOFP; Que, mediante Memorándum Nº 213-2021/OA del 11 de junio de 2021, la O fi cina de Administración, presenta el plan de trabajo para implementar los instrumentos de gestión necesarios para instrumentalizar el Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP; Con los vistos de la Secretaría General, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos; el Decreto Supremo Nº 54-2018-PCM y modi fi catorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, la Directiva Nº 1-2018-SGP y modi fi catorias, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- El Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP entrará en vigencia, al fi nalizar la aprobación de los instrumentos de gestión señalados en el Memorándum Nº 213-2021/OA de la Ofi cina de Administración. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar de PROINVERSIÓN. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL UGAZ VALLENAS Director EjecutivoPROINVERSIÓN 1963537-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 118-2021-J-OPE/INS Lima, 11 de junio de 2021 VISTO: El expediente Nº 3958-2021 que contiene los Memorandos Nº 525-2021-DG-OGA/INS y Nº 536-2021-DG-OGA/INS, de fechas 8 y 10 de junio de 2021 respectivamente, emitidos por la O fi cina General de Administración, los Informes Nº 139-2021-OEP-OGA/INS y Nº 133-2021-OEP-OGA/INS, de fechas 4 y 10 de junio de 2021 respectivamente, emitidos por la O fi cina Ejecutiva de Personal, el Proveído Nº 244-2021-OGAT/INS de fecha 09 de junio de 2021 emitido por la O fi cina General de Asesoría Técnica que hace suyo en todos sus extremos el Informe Nº 040-2021-OEO-DG-OGAT/INS de fecha 09 de junio de 2021 emitido por la O fi cina Ejecutiva de Organización; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, siendo para ello uno de los objetivos del Estado contar con los servidores públicos califi cados; Que, mediante Ley Nº 30057 se aprueba la Ley del Servicio Civil, la cual establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de los Puestos de las Entidades; mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del referido Reglamento derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modi fi cada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE; siendo que el numeral 7.5 de dicha Directiva establecía que las normas referidas al Cuadro para Asignación de Personal Provisional que deben aplicar las entidades de los tres (03) niveles de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en su Anexo 4; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 70-2021-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”; y, con su artículo 2, rectificado con Fe de Erratas publicado el 22 de abril de 2021, se formalizó la derogación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH y sus modificaciones realizadas con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, señalando expresamente: “con excepción del Anexo Nº 04 - Sobre el CAP Provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modificatoria”; Que, el literal b. del numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva Nº 003-2021-SERVIR-GDSRH de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el CPE; Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4- Sobre el CAP Provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, anexo vigente a la fecha según el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 70-2021-SERVIR-PE, prescribe que, el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado anexo; Que, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del referido numeral del mencionado Anexo, el