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52 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / las funciones del Consejo Directivo el designar a los miembros del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería – Tastem; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD, publicada con fecha 14 de marzo de 2018, se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, que rige el funcionamiento y conformación del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem; Que, el artículo 17 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin establece que el Tastem está compuesto por dos salas conformadas por tres vocales titulares; contando dichas salas con dos vocales suplentes que ejercen funciones en todas ellas; Que, el artículo referido en el párrafo precedente señala que los vocales titulares y suplentes del Tastem son designados por el Consejo Directivo de Osinergmin, por un periodo de tres años renovables; Que, conforme lo prevé el artículo 20 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, la selección de los vocales del Tastem se podrá realizar mediante concurso público, cuyo procedimiento se efectúa conforme al procedimiento de selección establecido mediante Resolución de Presidencia; asimismo, señala que la designación debe realizarse de tal manera que la renovación se produzca de forma escalonada; Que, considerando que el 30 de junio de 2021 culmina el periodo de designación de algunos vocales del Tastem, que fue dispuesto mediante Resolución de Consejo Directivo N° 114-2018-OS/CD, publicada con fecha 01 de julio de 2018 y que con fecha 04 de enero de 2021 el señor José Luis Harmes Bouroncle presentó su renuncia al cargo de vocal titular de la Sala 2 de Tastem, la cual fue aceptada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 008-2021-OS/CD, publicada el 15 de enero de 2021, con Resolución de Presidencia N° 32-2021-OS/CD se designó al Comité a cargo de la conducción del concurso público para la selección de los postulantes a ser presentados al Consejo Directivo de Osinergmin para vocales del Tastem; Que, el Comité de Selección publicó la convocatoria al concurso público y, luego de su culminación, ha presentado al Consejo Directivo la relación de candidatos fi nalistas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso m) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD; con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 23-2021. SE RESUELVE:Artículo 1. - Designación de vocales del Tastem Designar como vocales del Tastem por el periodo del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2024, a los siguientes profesionales: Vocal titular de la Sala 1: Francisco Javier Torres Madrid. Vocal titular de la Sala 2: Luis Alberto León Vásquez. Artículo 2.- Declaración de Desierto Declarar desierto el concurso público respecto de la selección del vocal suplente del Tastem. Artículo 3.-Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo DirectivoOsinergmin 1963424-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 059-2021-CONCYTEC-P Lima, 15 de junio de 2021VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 028-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y el Proveído Nº 090-2021-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o