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51 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA MELBA MÁ CÁRDENAS Jefa del Seguro Integral de Salud 1963499-1 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Disponen la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba la “Directiva para la fiscalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, y de su exposición de motivos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000044-2021-SUTRAN-SP Lima, 14 de junio del 2021 VISTOS: El Informe Nº D000047-2021-SUTRAN- GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000074-2021-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000163-2021-SUTRAN-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D0002021-2021-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000154-2021-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Superintendencia N° D000037-2020-SUTRAN-SP se aprueba la Directiva D-006-2020-SUTRAN/06.1.2-002 V01 “Directiva para la fiscalización de los Centros de Inspección Técnico Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, a través del Informe Nº D000047-2021-SUTRAN- GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la publicación del proyecto de segunda versión de la “Directiva para la fi scalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, la cual cuenta con las conformidades de los órganos de línea; Que, a través del Memorando Nº D000163-2021- SUTRAN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000074-2021-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de segunda versión de la “Directiva para la fi scalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, mediante el Informe N° D0002021-2021- SUTRAN-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la publicación del proyecto de segunda versión de la “Directiva para la fi scalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; opinión que hizo suya la Gerencia General, a través del Informe N° D000154-2021-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de segunda versión de la “Directiva para la fiscalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a fin de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Sutran; el Reglamento de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y contando con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios y Normas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba la “Directiva para la fi scalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, y de su exposición de motivos, en el portal institucional de la Sutran (www.gob.pe/sutran) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios vía correo electrónico a lperezhe@sutran.gob.pe dentro del plazo de quince (15) días calendario, contando a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, con el asunto “Comentarios a la Directiva de Fiscalización de los Centros de Inspección Técnica Vehicular”. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas el procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional, www.gob.pe/sutran. Regístrese y comuníquese.PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA SuperintendenteSuperintendencia 1963218-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Designan vocales del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem, por el periodo del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2024 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 146-2021-OS/CD Lima, 15 de junio de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, establece como una de