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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (18/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Viernes 18 de junio de 2021 El Peruano / POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica a los veintiún días del mes de mayo del dos mil veintiuno. MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1963736-1 Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA para el año fiscal 2021 del Gobierno Regional de Huancavelica ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 170-2020-GOB.REG.HVCA/CR Huancavelica, 29 de diciembre del 2020.VISTO:El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Extraordinaria celebrada el 29 de diciembre del año 2020, con el voto UNÁNIME de sus integrantes; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modi fi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 149-2020-GOB-REG-HVCA/CR de fecha 22 de diciembre del 2020, se acordó remitir a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Huancavelica, la totalidad de la documentación respecto al Presupuesto Institucional de Apertura – PIA del Gobierno Regional de Huancavelica, para su estudio y análisis correspondiente, y posterior emisión de su dictamen, en el plazo más breve. Que, mediante O fi cio Nº 129-2020/GOB.REG.HVCA/ CR-H/TQG de fecha 29 de diciembre del presente año, el presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Huancavelica remite su dictamen correspondiente. Asimismo, se tiene el Dictamen Nº 002-2020/GOB.REG.HVCA/CR-COPPyAT de fecha 29 de diciembre del presente año, con el cual los miembros de la comisión ordinaria antes referida dictaminaron aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el año fi scal 2021 del Pliego 447 – Gobierno Regional de Huancavelica. El Dictamen en mención, ha sido sustentado por el presidente y miembros de la comisión ordinaria antes referida, quienes consecuentemente respondieron las interrogantes realizadas por los Consejeros Regionales. Que, la aprobación se efectúa en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 192º de la Constitución Política y el literal c) del artículo 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización que dispone, que los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva el de aprobar su Presupuesto Institucional, conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, en ese sentido luego del debate y deliberación correspondiente y con el voto unánime de los consejeros regionales, se emite el siguiente acuerdo de consejo regional. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 002-2020/GOB.REG.HVCA/CR-COPPyAT de fecha 29 de diciembre del presente año, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Huancavelica; en consecuencia; Artículo Segundo.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el año fi scal 2021 del Pliego 447 - Gobierno Regional de Huancavelica, en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 192º de la Constitución Política y el literal c) del artículo 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, conforme al anexo que se adjunta al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Huancavelica la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” la aprobación del PIA – 2021 del pliego 447 – Gobierno Regional de Huancavelica. Artículo Cuarto.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo e instancias pertinentes para su conocimiento y fi nes. Regístrese, publíquese y cúmplase.PELAYO MARCA VILLANTOY Presidente del Consejo Regional 1963637-1 Delegan la facultad de emitir Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, durante el Ejercicio Presupuestal 2021 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 016-2021/GOB.REG-HVCA/GR Huancavelica, 21 de enero de 2021VISTO: El Informe Nº 001-2021/GOB.REG.HVCA/ GGR-GRPPyAT con Reg. Doc. Nº 1734393 y Reg. Exp. Nº 1315066 y demás documentación adjunta en seis (06) folios útiles; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley