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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (25/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño; la Ley Nº 30364 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, el Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos; a través del cual se crean las Unidades de Protección Especial (UPE). Asimismo, se han creado y fortalecido servicios con la fi nalidad de proteger los derechos de las NNA, tales como las Unidades de Protección Especial para la atención de situaciones de desprotección que puedan enfrentar dicha población, la creación y fortalecimiento de las Defensorías Municipales de las Niñas, Niños y Adolescentes a nivel local; así como de los juzgados, fi scalías, policías y defensores públicos especializados en materia de niñez y adolescencia. Recientemente, atendiendo a la difícil situación que enfrenta nuestra niñez y adolescencia a causa de la Covid-19, mediante Decreto de Urgencia Nº 020-2021 se ha aprobado la creación de una asistencia económica a favor niñas, niños y adolescentes cuyo padre o madre o ambos han fallecido por la COVID-19. En materia de instrumentos de política, en el Perú se han aprobado cuatro Planes Nacionales de Acción por la Infancia y Adolescencia que han orientado la gestión a favor de dicha población. El primer Plan Nacional de Acción por la Infancia, tuvo un periodo de 1992 a 1995. El segundo plan nacional, vigente entre los años 1996 y 2000, al igual que el primero, estableció 3 objetivos globales: Supervivencia, Desarrollo y Protección. En mayo de 2002 se promulgó el tercer Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010, que incluyó 4 objetivos estratégicos, organizados de acuerdo al ciclo de vida de las NNA. El cuarto y último plan nacional vigente tiene un horizonte de tiempo que va desde el 2012 al 2021. No obstante, resulta necesario continuar y reforzar las intervenciones públicas para poder dar cumplimiento y efi cacia a los principios que deben ser transversales a las actuaciones del Estado en materia de NNA como son la autonomía progresiva, corresponsabilidad, interés superior del niño, participación, prevalencia y protección integral. Es así que mediante Resolución Ministerial Nº 194- 2019-MIMP, se aprobó la lista sectorial de políticas bajo la rectoría o conducción del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), la cual consideró la necesidad de actualizar el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia – PNAIA 2012-2021, el cual en marco de lo establecido en el numeral 7.6 del Decreto Supremo Nº 029 -2018-PCM, que aprueba el Reglamento de Políticas Nacionales, señala que “en caso una política priorizada de gobierno ya contara con una política nacional aprobada que trasciende el periodo de gobierno en curso, deberá ser actualizada, de corresponder”, por lo cual el PNAIA fue considerado para su actualización. Tenemos grandes retos por asumir, sobre todo a partir del impacto que ha tenido la Covid-19 en la vida de nuestras NNA, por lo que el compromiso del Estado peruano a nivel de políticas y prioridades a favor del desarrollo integral de las NNA quedará establecido en esta Política, enmarcada en la Décimo Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida al fortalecimiento de la familia, protección y promoción de la niñez, la adolescencia y la juventud, así como de la visión del Perú al 2050 que establece la necesidad de promover que las personas alcancen su potencial en igualdad de oportunidades y sin discriminación, con énfasis en las NNA. En este marco, la presente Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030 -PNMNNA- constituye una política de obligatorio cumplimiento para todos los niveles de gobierno que tiene como eje el abordaje del problema público expresado en las limitaciones que tienen las niñas, niños y adolescentes para el ejercicio de sus derechos. Es decir, se busca atender la situación en la cual las NNA tienen restringido el ejercicio de sus derechos. Para esto, la PNMNNA propone objetivos prioritarios, lineamientos y servicios para implementar en un horizonte temporal al 2030. RESUMEN EJECUTIVO I. PRESENTACIÓN En el Perú existen más de 10 millones de niñas, niños y adolescentes, es decir, constituyen más del 30% de la población nacional, con quienes el Estado peruano y la sociedad tienen el compromiso de respetar y proteger sus derechos fundamentales como sujetos de derecho de forma integral sin ningún tipo de discriminación. Desde la rati fi cación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Perú ha venido aprobando y adecuando el marco normativo, sus servicios y sus políticas en materia de niñez y adolescencia, a la luz de los mandatos allí establecidos, centrándose en el enfoque de derechos de NNA y el interés superior de las NNA, consolidando su rol como sujetos de derecho y garantizando su desarrollo y bienestar individual, familiar y social. Sin embargo, aún hay un camino largo por recorrer para garantizar el pleno goce de los derechos fundamentales de las NNA, especialmente en lo que respecta al derecho a la salud, la educación, la vida e integridad, así como el derecho a una vida libre de violencia y con dignidad, y en atención a prioritariamente a los NNA que se encuentran en situación de riesgo. Es así que a partir de la evidencia se ha identi fi cado como un problema público el “limitado ejercicio de derechos de niñas, niños y adolescentes”, debido a las siguientes causas: 1) Insu fi cientes condiciones para una vida saludable; 2) Condiciones reducidas para el desarrollo de la autonomía de NNA; 3) Desfavorable entorno familiar para la protección de NNA; 4) Limitado reconocimiento de la participación de NNA; 5) Limitadas condiciones para el desarrollo de NNA en condición de especial vulnerabilidad; 6) De fi ciente sistema de gobernanza que no garantiza la protección integral de NNA. Es así que la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, en adelante PNMNNA, aborda el problema público antes señalado, proyectando que la situación futura deseada sea que “ Al año 2030, las niñas, niños y adolescentes ejercen sus derechos, logrando su bienestar físico, mental y social, acceden oportunamente a servicios de calidad en igualdad de oportunidades y sin discriminación, tienen condiciones para una vida saludable, alcanzan todo su potencial de desarrollo, ampliando sus oportunidades.”. Para ello, la PNMNNA propone alcanzar cinco objetivos prioritarios, veintidós lineamientos y cuarenta y seis servicios, de los cuales seis son nuevos, a través de los cuales se mejorarán las condiciones de vida saludables de las NNA, se fortalecerá su desarrollo y autonomía, se disminuirá el riesgo de desprotección que presentan, así como se fortalecerá la participación de las NNA en diferentes espacios de decisión de su vida diaria. Finalmente, la PNMNNA busca también optimizar la gobernanza vinculada al ejercicio de los derechos de las NNA, a través del adecuado ejercicio de la rectoría sobre la materia, la articulación multisectorial e intergubernamental para la implementación de intervenciones vinculadas a sus derechos. Así, la PNMNNA constituye una política de gobierno de obligatorio cumplimiento para todas las entidades en los diferentes niveles de toma de decisiones, cuyas responsabilidades están contenidas a lo largo de la misma, pero también involucra un compromiso de toda la sociedad que desea lograr un país en el cual se priorice el goce efectivo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, como agentes fundamentales del hoy y del mañana. II. BASE LEGAL La PNMNNA se ha elaborado según lo dispuesto en el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº029-2018-PCM, así como en la “Guía de Políticas Nacionales” (CEPLAN, 2018). Asimismo, sustenta su intervención en normativas nacionales e internacionales que el Estado peruano ha rati fi cado, que regulan o tienen efectos sobre los derechos de las NNA. 2.1 Referentes normativos nacionales La Constitución Política del Perú es la norma jurídica suprema que cual contiene el marco fundamental para la formulación de políticas a favor de las NNA. En su artículo 4 prioriza de la protección especial de las niñas niños y adolescentes, a cargo tanto de la comunidad como del Estado; establece el derecho-principio de dignidad humana de toda persona, así como reconoce el goce de sus derechos fundamentales.