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20 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / 2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Coronel FAP Juan Pablo Martín CHÁVEZ SALINAS, para que se desempeñe como Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), para que participe en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana y se desempeñe como Asistente en el Colegio Interamericano de Defensa, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2023; autorizando su salida del país el 30 de junio de 2021 y su retorno al país el 1 de julio de 2023. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes aéreos de ida: Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América), titular y esposaUS $ 815.00 x 2 personas (Incluye TUUA) US $ 1,630.00 Gastos de traslado – ida (equipaje, bagaje e instalación) US $ 10,693.80 x 02 x 01 persona US $ 21,387.60 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 10,693.80 x 06 meses x 01 persona US $ 64,162.80 Total a pagar: US $ 87,180.40 Artículo 3.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, traslado, pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuerto del titular y esposa, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior, según corresponda, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional de la Fuerza Aérea del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El O fi cial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1966472-1 Autorizan viaje a personal militar del Ejército del Perú a la República de Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0310-2021-DE Lima, 23 de junio de 2021VISTOS: El O fi cio Nº 095 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército; el O fi cio N° 00749-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00611-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio N° 023/AGREMIL PERÚ- COLOMBIA/W-c.3.6, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia remite al Director de Relaciones Internacionales del Ejército la carta de invitación de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova” de Colombia, para que dos (2) Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” participen en el Programa de Formación Militar para O fi ciales; Que, con O fi cio N° 010 AGREMIL PERÚ-COLOMBIA/ W-c.3.6, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia hace de conocimiento al Director de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, la aceptación de parte del Ejército del Perú para que un (1) Cadete realice el Programa de Formación Militar; Que, a través del O fi cio N° 200/U-4.b.3/05.00, el Jefe de Educación del Ejercito remite a la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército la relación de Cadetes seleccionados por la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para el viaje en misión de estudios a Colombia, encontrándose el Cadete de Primer Año Edgar Paul GRADOS ROJAS como titular y el Cadete de Primer Año Danko Abdel INFANTE OXA como suplente; Que, con la Hoja de Recomendación N° 025/U-4.b.3/05.00, la Comandancia General del Ejército aprobó la designación del Cadete de Primer Año Edgar Paul GRADOS ROJAS, para participar en el Programa de Formación Militar para O fi ciales 2021-II 2025-I, del 28 de junio de 2021 al 30 de junio de 2025, a realizarse en la Escuela Militar de Cadetes de Colombia; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, adjunta al O fi cio N° 095 SCGE/N-04, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete de Primer Año Edgar Paul GRADOS ROJAS, para participar en el Programa de Formación Militar para O fi ciales 2021- II 2025-I, en la Escuela Militar de Cadetes de Colombia “General José María Córdova”, por cuanto, le permitirá intercambiar conocimientos y experiencias que contribuirán signi fi cativamente a la formación militar y profesional del Cadete, logrando un alto grado de instrucción, con la fi nalidad de desempeñarse e fi cientemente en el servicio de la Institución, aportando en la creación y mejora de la doctrina actual; Que, a través del Dictamen Legal N° 1407-2021/ OAJE, la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército opina que es viable autorizar el viaje al exterior, del mencionado Cadete de Primer año; asimismo, precisa que, con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales , gastos de traslado correspondientes a la ida y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2021 de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejército del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 7 y 8 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, mediante Informe de Disponibilidad Presupuestaria N° 0084 OPRE/19.01.02, el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto del Ejército detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente