TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / concurso público y que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial; Que, asimismo, de conformidad con lo señalado en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley, incorporada mediante la Ley Nº 30747, “Ley que modi fi ca la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, para autorizar al Ministerio de Educación la convocatoria anual para el concurso público de ingreso a la Carrera Magisterial entre los años 2018 y 2022”, establece que el concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que se hace referencia en el artículo 19 de la Ley Nº 29944; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial-2021 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, el cual establece, entre otros aspectos, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicho concurso; el mismo que fue modi fi cado mediante Resolución Viceministerial N° 194-2021-MINEDU; Que, conforme al numeral 5.7.1.1 del referido Documento Normativo, la convocatoria del concurso se aprueba conjuntamente con su cronograma; asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5.7.1.2, el Ministerio de Educación, excepcionalmente, puede modi fi car las fechas del cronograma antes señalado, lo que será difundido oportunamente en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa local; Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial-2021 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, para lo cual, se aprueba el respectivo cronograma; el mismo que fue modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU y N° 156-2021-MINEDU; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el O fi cio Nº 00402-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00198-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, complementado con el Informe Nº 00264-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborados por la Dirección de Evaluación Docente de la referida Dirección General, a través de los cuales se sustenta la necesidad de modi fi car el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado por Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU y modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU y N° 156-2021-MINEDU; Que, considerando que la modi fi cación del documento normativo que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial-2021 y que determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica impacta directamente en el desarrollo del mencionado concurso, se propone realizar modi fi caciones a su cronograma a fi n de que responda a las disposiciones vigentes y se desarrolle en plazos razonables que permita el posterior proceso de contratación docente y, como consecuencia de ello, se cuente con profesores nombrados y contratados para brindar el servicio educativo a partir del año escolar 2022; Que, la propuesta plantea modi fi car los siguientes aspectos del precitado cronograma: i) la fecha de fi n de las actividades N° 3 y N° 4; ii) incorporar la actividad sobre presentación de documentos de los postulantes que no rindieron la Prueba Única Nacional por haber sido afectados por la COVID-19; iii) excluir las actividades referidas a la preselección, por parte de los postulantes, de la UGEL o DRE de su interés en una única región y a su veri fi cación; iv) modi fi car las fechas de inicio y fi n de las actividades N° 5 al N° 41; y, renumerar las actividades a propósito de la incorporación y exclusión de las actividades señaladas; Que, mediante Informe N° 00761-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la modi fi cación del citado cronograma, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modi fi catorias; el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial-2021 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU y modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU y N° 156-2021-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1966632-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Cancelan, por causal de muerte, título de Notario del distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa, Distrito Notarial de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0114-2021-JUS Lima, 21 de junio de 2021VISTOS, el Informe Nº 48-2021-JUS/CN/ST/ REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el O fi cio Nº 412-2021-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 480-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDOQue, la Corte Superior del Distrito Judicial de Arequipa nombró al señor ALEJANDRO PAREDES ALÍ, notario público de la provincia de Islay, conforme se advierte del