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26 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / los Compromisos de Gestión Escolar para organizar el funcionamiento de la Institución Educativa o programa educativo; entre ellos, el Compromiso 4: Acompañamiento y monitoreo para la mejora de las prácticas pedagógicas orientadas al logro de aprendizajes previstos en el Currículo Nacional de Educación Básica, que dispone que la implementación de la tutoría y orientación educativa se realiza a través de sus estrategias: tutoría individual, tutoría grupal, participación estudiantil, trabajo con la familia y la comunidad, y la orientación educativa permanente; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01096-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, elaborado por la Dirección de Educación Secundaria, a través de cual sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado “Ideas en Acción 2021”; Que, el citado concurso tiene como objetivo promover la participación estudiantil mediante la re fl exión e intervención en asuntos públicos de su interés a través del diseño e implementación de proyectos participativos en instituciones educativas públicas del nivel de educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa; promoviendo el reconocimiento de las y los estudiantes como sujetos de derecho y agentes de cambio para el bien común; Que, asimismo, las referidas bases del concurso cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD) y de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA); Que, mediante el Informe Nº 00713-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable señalando que la propuesta, por cuanto su objetivo y alcance, se encuentra alineada a los objetivos institucionales y estratégicos del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, no irrogará recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, a través del Informe Nº 00767-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado “Ideas en Acción 2021”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación, a las Gerencias Regionales de Educación, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas públicas, en el marco de sus respectivas competencias, el cumplimento de las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado “Ideas en Acción 2021”, aprobadas por el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1966489-1 Modifican el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial-2021 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 197-2021-MINEDU Lima, 24 de junio de 2021VISTOS, el Expediente N° 0152383-2020; los Informes N° 00198-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y N° 00264-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 00761-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, plani fi car, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y con fi abilidad; Que, el artículo 17 de la precitada Ley establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por