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29 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / Designan Jefe de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2021-INDECI Lima, 2 de marzo de 2021VISTOS: El Informe Nº 1465-2021-INDECI/6.1, de fecha 01 de marzo de 2021, de la O fi cina General de Administración y la Hoja de Trámite Nº 04433-2021; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal cali fi cación al cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 275-2020-INDECI, de fecha 30 de octubre de 2020, se encargó al señor Fernando Alberto Calderón Torres, las funciones de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI; Que resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI, dando por concluido el encargo a que se contrae la Resolución antes citada; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modi fi catoria; y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo del señor FERNANDO ALBERTO CALDERÓN TORRES, en las funciones de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Designar al señor FERNANDO ALBERTO CALDERÓN TORRES, en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a los interesados, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1931862-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de diciembre de 2020 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 014-2021-OS/GRT Lima, 26 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, con la Ley Nº 29852 (en adelante la Ley) se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin Nº 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin Nº 026-2017- OS/GRT, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables, a cada distribuidora eléctrica, a partir del 16 de mayo de 2017 hasta el 15 de mayo de 2019; y mediante la Resolución Osinergmin Nº 012-2019-OS/GRT se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2019 hasta el 15 de mayo de 2021 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro Puno, Electro Sur