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34 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 / El Peruano Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, en el marco de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que la designación de las Sociedades de Auditoría se efectúa previo concurso público de méritos, y son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, conforme al mencionado dispositivo legal, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, la norma citada dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG del 22 de octubre 2019, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio Nº 000369-2020-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la trasferencia fi nanciera por el monto de S/ 1’342,210.00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles), para la retribución económica (incluyendo IGV) de la Sociedad de Auditoría que realizará la auditoría fi nanciera gubernamental del Periodo 2020, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785; Que, a través del Informe Nº 062-2021-SUNARP/ OGA del 25 de febrero de 2021, la O fi cina General de Administración informa a la Gerencia General que luego de la reunión realizada con la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se determinó que debido a la emergencia sanitaria por el COVID-2019 que viene afectando el normal desarrollo de las actividades de la institución, y en consecuencia los ingresos, las zonas registrales no están en la capacidad fi nanciera de asumir los costos de retribución económica que les corresponde por la contratación y pago de la sociedad de auditoría; por tal motivo, ambas o fi cinas coinciden que a efectos de efectivizar la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, sea la Sede Central quien asuma el total de la retribución económica por el importe total de S/ 1’342,210.00 00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles), con cargo al Saldo de Balance del año 2020; Que, en ese sentido, mediante Memorándum Nº 297-2021-SUNARP/OGA, la O fi cina General de Administración solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto realizar la modi fi cación presupuestaria para habilitar la Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias por el importe de S/ 1’342,210.00 00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles) con cargo al Saldo de Balance del año 2020, la misma que fue atendida mediante el Memorándum Nº 236-2021-SUNARP/OGPP; Que, asimismo, mediante Memorándum Nº 303-2021-SUNARP/OGA, la O fi cina General de Administración solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgar la disponibilidad presupuestal por el importe de S/ 1’342,210.00 00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles) y emitir el informe técnico presupuestal correspondiente; Que, con Informe Técnico Nº 005-2021-SUNARP/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite informe favorable, concluyendo que en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2021, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 001: SUNARP Sede Central, se cuenta con disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al Periodo 2020, por el monto de S/ 1’342,210.00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles); Que, por su parte, mediante Informe Técnico Nº 002-2021-SUNARP/OGA, la O fi cina General de Administración señala que se encuentra de acuerdo con los informes favorables de las O fi cinas de Contabilidad y Tesorería -Informes Nº 035-2021-SUNARP-OGA/OCON y Nº 048-2021-SUNARP-OGA/OTES, respectivamente- sobre el procedimiento de transferencia en mención; por lo que, habiendo la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgado la disponibilidad presupuestal correspondiente, emite su conformidad para la emisión del acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el importe S/ 1’342,210.00 00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles), a fi n de atender el O fi cio Nº 000369-2020-CG/GAD; Que, mediante el Informe Nº 143-2021-SUNARP/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo a través del cual se apruebe la transferencia fi nanciera por la suma de S/ 1’342,210.00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al Periodo 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, el mismo que deberá estar contenido en una resolución del titular de la entidad que sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con fecha 04 de febrero de 2021 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Suprema Nº 019-2021-JUS, a través de la cual se designó al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos; Que, en dicho contexto, el órgano de asesoramiento concluye que en el presente caso se ha con fi gurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del ROF de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; razón por la cual, corresponde que el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera solicitada por la Contraloría General de la República – CGR mediante el O fi cio Nº 000369-2020-CG/GAD, sea materializado a través de una Resolución de Superintendente Adjunto; De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del ROF de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, la O fi cina General