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35 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / de Administración, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1. - Aprobar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República. Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2021, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, Unidad Ejecutora 001: SUNARP Sede Central, hasta por la suma de S/ 1’342,210.00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles), Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al Periodo 2020. Artículo 2.- Financiamiento. La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2021 del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 001: SUNARP Sede Central, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal: Programa Presupuestal, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Subgenérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11 Otras Unidades de Gobierno Nacional, por la suma de S/ 1’342,210.00 (Un millón trescientos cuarenta y dos mil doscientos diez y 00/100 soles). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos. Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y encargar a la O fi cina General de Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp (www.gob.pe/sunarp). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO MARTÍN ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Públicos 1931782-1 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Nº 19-2021-PGE/PG Mediante O fi cio Nº 137-2021-JUS/PGE-GG, la Procuraduría General del Estado solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución del Procurador General del Estado Nº 19-2021-PGE/PG, publicada en nuestra edición del día 27 de febrero de 2021. DICE:SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a General las siguientes facultades y/o atribuciones: (...)1.3 En materia Presupuestal: Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, previo informe favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. DEBE DECIR:SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a General las siguientes facultades y/o atribuciones: (...)1.3 En materia Presupuestal:Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, previo informe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. 1931799-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban el Cronograma Trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias propuesto por las Salas Penales con procesados en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el Año Judicial 2021 Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000087-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 2 de marzo de 2021VISTO:El Decreto Ley Nº 25476 de fecha 05 de mayo de 1992; el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de marzo del 2011; El O fi cio Múltiple Nº 000007-2021-P-CSJLI/PJ de fecha 27 de enero de 2021 emitida por la Presidencia de esta Corte Superior; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25476 de fecha 05 de mayo del año 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia de la República, estableciendo su artículo segundo, que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fi n de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fi jados por la ley, así como el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Que, en armonía con lo antes dispuesto, por Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de marzo del 2011, la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el Reglamento de las Audiencias