Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2021 (03/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / por la COVID-19 que di fi culta incluso más la organización y ejecución de este proceso electoral; Por consiguiente, al estar ante un efecto de la pandemia ocasionada por la COVID-19 que pone en riesgo la ejecución de las Elecciones Generales 2021 en el extranjero, resulta necesario flexibilizar el horario de la jornada electoral aplicable a los electores peruanos residentes fuera del territorio de la República. Este proceder se encuentra justificado en la facultad otorgada por el legislador a través de la citada Ley Nº 31038 para afrontar esta clase de eventualidades; Al respecto, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto considera apropiado que, para las elecciones en el extranjero, el horario de la jornada electoral inicie y finalice a las ocho (8) y a las dieciséis (16) horas, respectivamente. En relación con ello, estima conveniente que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares remita la relación de Oficinas Consulares que se acogerían a este horario; Además de ello, no puede obviarse la posibilidad de que los Estados receptores establezcan medidas para evitar la propagación de la COVID-19 que ameriten incluso un horario de votación más restringido. Por tanto, se considera necesario que las Oficinas Consulares puedan, excepcionalmente y previa coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, establecerlo; Por lo expuesto, corresponde emitir la resolución jefatural que disponga la habilitación de un horario diferenciado de la jornada electoral en el extranjero en el marco de las Elecciones Generales 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021 en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19; así como en el literal z) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- HABILITAR a las O fi cinas Consulares a acogerse a un horario diferenciado de la jornada electoral para las Elecciones Generales 2021 en el extranjero. El horario inicia a las ocho (8) horas y fi naliza a las dieciséis (16) horas. Artículo Segundo.- FACULTAR a las O fi cinas Consulares a establecer, excepcionalmente, un horario de votación más restringido en estricta observancia de las medidas para evitar la propagación de la COVID-19 vigentes en su circunscripción, previa coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- PRECISAR que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares deberá comunicar a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales la relación de o fi cinas consulares que se acojan a este horario diferenciado. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil el contenido de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1931710-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba rectificar la zonificación de la zona de reglamentación especial de la Costa Verde distrito de Chorrillos ORDENANZA N° 2323-2021 Lima, 26 de febrero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos, de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante la Ordenanza Nº 1076, publicada en el Diario El Peruano el 8 de octubre del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Distrito de Chorrillos que es parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; contemplando en su artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, plani fi car el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018, se aprueba la Directiva Nº001-2018-MML-GDU “Normas aplicables a la recti fi cación de los planos de zoni fi cación de los usos del suelo aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima”; Que, a través del expediente N° 210419-1993 y el D.S. N° 259035-2015 que retoma la solicitud de la señora Rosa Monge Rivero solicita recti fi car el Plano de Zoni fi cación de Zona de Recreación Pública (ZRP) del Proyecto Especial Costa Verde a Residencial de Densidad Alta - R5 respecto al predio ubicado en la esquina que comprende la Calle Potenciano Choquehuanca N° 108 y N° 114 (Subida al Morro Solar) con la Av. Presidente Billinghurst N° 133,