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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2021 (10/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de marzo de 2021 El Peruano / Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, señala que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos; Que, el numeral 43.1 del artículo 43º del texto legal precitado, establece que todas las entidades elabora y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su TUPA, el cual comprende: 1) Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial; 2) la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento; 3) La Cali fi cación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, entre otros; Que, el numeral 44.1 del artículo 44º de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, indica que el TUPA es aprobado por Decreto Supremo del Sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal o por Resolución del Titular de Organismos constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo, y que luego de ello, conforme al numeral 44.5 una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Concejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del Órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 44.1. En ambos casos publicará la modi fi cación según lo dispuesto por los numerales 44.2 y 44.3; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015- MPT, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Trujillo, así como se aprueban los requisitos, costos y plazos de los procedimientos administrativos y Servicios Exclusivos; Que, mediante O fi cio Nº 695-2019-MPT/GOP-SGO, Gerencia de Obras/Subgerencia de Obras Públicas e informe Nº 456-2019- MPT/GOP/SGO-KJFC, Subgerencia de obras, solicitan la modi fi cación e incorporación de procedimientos al TUPA vigente. Que, mediante Informe Nº 018-2019-MPT/GPP/ SGPR-TIC, que se indica en la parte de los antecedentes del presente informe, la factibilidad y conformidad de la modi fi cación e incorporación de los procedimientos a cargo de la Sub Gerencia de Obras al Texto único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que, mediante la expedición de la Ley Nº 30228 que modi fi ca la Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento, corresponde efectuar las modi fi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo con respecto a los Procedimientos administrativos de la Sub Gerencia de Obras, con la fi nalidad de que estos se adecuen a las normas legales vigentes;Que, conforme al Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración del TUPA, señalando que los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, deben cumplir con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simpli fi cadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simpli fi cación Administrativa, estableciendo disposiciones para su implementación para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Que, mediante O fi cio Nº1605-2019-MPT/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Nº 071-2019-MPT/GPP-SGPR, da la factibilidad para incorporación y modi fi cación solicitada y derivada la propuesta a la Gerencia de Asesoría Jurídica a fi n de que se emita el Informe Legal pertinente; Que mediante Informe Legal Nº 745-2020-MPT/GAJ, de fecha 13 de julio del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica Concluye expresamente lo siguiente: (…) 6.1. Resulta necesario modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA vigente de la Municipalidad Provincial de Trujillo, con la fi nalidad de que los procedimientos administrativos de la Sub Gerencia de Obras se adecuen a las normas legales vigentes; por lo que efectuada la revisión y análisis de la propuesta de ordenanza alcanzada se establece que la misma cumple con los requisitos de orden legal para ser elevada a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su deliberación y aprobación correspondiente. Asimismo, recomienda:7.1. Aprobar la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA vigente de la Municipalidad Provincial de Trujillo, con la fi nalidad de que los procedimientos administrativos de la Sub Gerencia de Obras se adecuen a las normas legales vigentes. Que, mediante el DictamenS/N-2020-MPT/ COACFPOD de fecha 15 de julio del 2020, la Comisión Ordinaria de Administración, Contabilidad y Finanzas, Planeamiento, Presupuesto y Órganos Descentralizados, recomienda al Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza que modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias; Estando a los fundamentos antes expuestos y en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con UNANIMIDAD, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Artículo Primero.- APROBAR el Procedimiento Administrativo, denominado “Autorización para ejecución de obras en áreas de uso público, instalación o mantenimiento de infraestructura para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, costos, requisitos y plazos, e incorporarlos al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobado por Ordenanza Municipal