Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2021 (10/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de marzo de 2021 El Peruano / por la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias; precisando que los resultados del costeo contenido en el TUPA vigente, arrojan las mismas cifras respecto del costeo realizado en el marco del Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, por lo que propone mantener los derechos de tramite vigentes; asimismo, precisa que no solo se debe aprobar la adecuación al nuevo formato TUPA establecido por la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP, sino también actualizar los datos contenidos en el formato TUPA vigente aprobado con Decreto Supremo Nº 062-2009-PMC, por cuando a la fecha aún se encuentra vigente dicho dispositivo; asimismo, señala que en virtud a la Única Disposición Complementaria derogatoria del Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que deroga el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, se debe derogar la Ordenanza Nº 406-MVES, por lo cual recomiendan continuar con el trámite correspondiente a efectos de lograr la aprobación, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 56-2021-OAJ/MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo establecido en el artículo 32º, numeral 41.1 del artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM que aprueba procedimientos administrativos estandarizados correspondientes a la licencia de funcionamiento y licencia provisional de funcionamiento para bodegas regulado por la Ley Nº 30877, y luego de veri fi car el contenido de la Ordenanza Municipal y anexos propuestos por la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, y teniendo en cuenta la opinión técnica de la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones, emite opinión precisando que resulta legalmente procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba la adecuación de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES, a los Procedimientos Administrativos Estandarizados aprobados con Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, por lo que deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación, al amparo de lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Memorando Nº 139-2021-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20 del artículo 14º de la Ordenanza Nº 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; remite a la Secretaría General, los actuados administrativos, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA ADECUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, CONTENIDOS EN EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR APROBADO CON ORDENANZA Nº 394- MVES, A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS APROBADOS CON DECRETO SUPREMO Nº 200-2020-PCM Artículo Primero.- APROBAR la adecuación de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobados con Ordenanza Nº 394-MVES y rati fi cados con Acuerdo de Concejo Nº 472 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en virtud al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, conforme se detalla a continuación y en el Anexo Nº 1 y Anexo Nº 2 que forman parte integrante de la presente Ordenanza. NºDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVODERECHO DE TRÁMITE EN S/ GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y LICENCIAS 1LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (Con ITSE posterior)S/. 128.60 2LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)S/. 146.50 3LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)S/.271.30 4LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)S/.507.3 5LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (Con ITSE previa)S/.531.5 7LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)S/. 147.8 8LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)S/. 244.5 9LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)S/. 418.8 26TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICAS/. 28.4 27LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CAMBIO DE GIROGratuito 28CESE DE ACTIVIDADES Gratuito Artículo Segundo.- PRECISAR que la presente adecuación de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias contenidos en la Ordenanza Nº 394-MVES es en función a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para Bodegas, además de derogar el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 406- MVES, así como toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto. - PRECISAR que la Ordenanza Nº 394-MVES aprobó un total de 160 procedimientos administrativos, 20 servicios en Exclusividad y 149 derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, que el Acuerdo de Concejo Nº 472 de la Municipalidad Metropolitana de Lima rati fi có 148 derechos de trámite relacionados a 146