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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2021 (20/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 20 de mayo de 2021 / El Peruano *Incluye a los electores en el territorio nacional y a los electores que residen en el extranjero, de acuerdo con la Resolución N° 0303-2020-JNE, que aprobó el padrón electoral de fi nitivo para las Elecciones Generales 2021. 2. DECLARAR que las fórmulas presidenciales de las organizaciones políticas Partido Político Nacional Perú Libre y Fuerza Popular participarán en la segunda elección presidencial, convocada para el domingo 6 de junio de 2021 por el Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, al ser las candidaturas que han obtenido las dos más altas mayorías relativas. 3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1954385-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Rectifican el error material incurrido en el literal n) del Artículo 4° (Base Legal) del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la R.J. N° 000086-2021/JNAC/RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000099-2021/JNAC/RENIEC Lima, 19 de mayo de 2021VISTOS:El Informe Nº 000616-2021/GAJ/SGAJA/RENIEC (14MAY2021) emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Hoja de Elevación N° 000343-2021/GAJ/RENIEC (18MAY2021) emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Jefatural N° 000086- 2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 05MAY2021, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, el mismo que consta de dos (02) secciones, cuatro (04) títulos y ciento veinticuatro (124) artículos, desarrollados en 90 páginas, los mismos que forman parte integrante de la referida Resolución Jefatural; Que a través de los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que se ha incurrido en error material identi fi cado en el literal n) del Artículo 4° (Base Legal) del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la referida Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), recomendando se proceda a la recti fi cación del error material, en atención a lo previsto en el numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante TUO de la LPAG; Que sobre el particular, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado en el Diario El Peruano el 25ENE2019, en el artículo 212° sobre recti fi cación de errores, en su numeral 212.1) señala: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; Que por su parte, el numeral 212.2 del artículo 212° de la acotada ley señala que “la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, se advierte que el error material detectado no altera lo sustancial del acto administrativo recaído en la Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, por lo que corresponde su recti fi cación; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021); y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Rectifíquese el error material incurrido en el literal n) del Artículo 4° (Base Legal) del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), en los siguientes términos: Dice: “Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado” Debe decir: “Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado ”. Artículo Segundo .- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal de Estado Peruano www.peru.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 1954483-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Fijan montos de remuneración mensual del Gobernador Regional y de la Vicegobernadora Regional de Tacna, y de dietas de Consejeros Regionales del Consejo Regional de Tacna ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 028-2021-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, treinta de marzo de dos mil veintiuno