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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2021 (20/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 20 de mayo de 2021 / El Peruano Que, según los diversos informes técnicos y legales remitidos al Consejo Regional de Tacna (El O fi cio Nº 101-2021-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 22 de enero del 2021, emitido por el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Opinión Legal Nº 378-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 09 de marzo del 2021, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 153-2021-ORA-OERRHH/GOB.REG.TACNA de fecha 17 de marzo de 2021 emitido por la O fi cina Ejecutiva de Recursos Humanos, la Opinión Legal Nº 351-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de marzo de 2021 emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, entre otros), se puede apreciar que en ellos se hace referencia a que no existe un criterio normativo en la legislación nacional que sirva de orientador para fi jar la remuneración de la Vice Gobernadora y que no pueden pronunciarse a favor o en contra de la solicitud de la misma, ya que es una atribución exclusiva del Consejo Regional. Que, sin embargo, en los antes referidos informes no se precisa, ni se pronuncian en modo alguno, respecto a que si fi jar una remuneración a la Vice Gobernadora Regional con un monto superior al establecido en años anteriores, signi fi caría o no contravenir el artículo 6 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que prohíbe el incremento de remuneraciones, asignaciones y otros; por lo que, en este extremo se propuso fi jar su remuneración para el presente ejercicio presupuestal 2021, rati fi cando el monto que venía percibimiento en los años anteriores, esto es en la suma de S/ 4,878.60 (Cuatro mil ochocientos setenta y ocho con 60/100 soles); así como encargar a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna para que en coordinación con el Ejecutivo Regional evalúe más ampliamente el pedido efectuado por la Vice Gobernadora Regional de fi jársele una remuneración acorde a su cargo para el próximo ejercicio presupuestal. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero: FIJAR la remuneración mensual del Gobernador Regional de Tacna en 5.5 UISP (Unidad de Ingreso del Sector Público), que para el presente ejercicio presupuestal 2021 asciende a la suma de S/ 14,300.00 (Catorce mil trescientos con 00/100 soles). Artículo Segundo: FIJAR la remuneración mensual de la Vice Gobernadora Regional de Tacna en la suma de S/ 4,878.60 (Cuatro mil ochocientos setenta y ocho con 60/100 soles) para el presente ejercicio presupuestal 2021. Artículo Tercero: FIJAR la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Consejo Regional de Tacna en el 30% de la remuneración del Gobernador Regional de Tacna, que para el presente ejercicio presupuestal 2021 asciende a la suma de S/ 4,290.00 (Cuatro mil doscientos noventa con 00/100 soles). Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna para que en coordinación con el Ejecutivo Regional evalúe el pedido efectuado por la Vice Gobernadora Regional de fi jársele una remuneración acorde a su cargo para el próximo ejercicio presupuestal. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Sexto: DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Séptimo: PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web de la institución conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna 1954037-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que actualiza el Plano del Sistema Vial Metropolitano extendiéndolo hasta las localidades de Huaral por el Norte y Mala al Sur, incorporando nuevos accesos viales de comunicación y diversas vías de interconexión en Lima Metropolitana, incorporando también referencialmente los proyectos del Sistema de Transporte Intermodal ORDENANZA N° 2343-2021 Lima, 13 de mayo de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Perú señalan que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima en el marco de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, tiene competencia en materia de plani fi cación, desarrollo urbano y vivienda; así como en la mantención y ampliación de la infraestructura metropolitana, entre otras; Que, mediante la Ordenanza N° 341-MML del 06 de diciembre del año 2001, se aprobó el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima y en su artículo décimo cuarto se encargó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) su revisión y actualización permanentes, siendo así que, a la fecha, el mismo cuenta con sesenta y siete (67) adendas que incluyeron doscientas cinco (205) ordenanzas de actualización correspondientes; Que, mediante Carta N° 055-2020-TA/MML de 10 de octubre de 2020, emitida por el Teniente Alcalde de Lima, se remite a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura una Propuesta de Nuevos Accesos Viales y de Comunicación del Norte, Centro y Sur de Lima Metropolitana para su incorporación al Nuevo Sistema Intermodal de la Ciudad de Lima, señalando que, desde el inicio de la gestión municipal ha sostenido reuniones de carácter técnico en diferentes instancias públicas y privadas con el fi n de promover el desarrollo formal y plani fi cado de