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25 NORMAS LEGALES Jueves 20 de mayo de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000080-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 14 de mayo de 2021VISTOS:El Memorándum Nº 000838-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000209-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000020-2021-GPG/INDECOPI y el Informe Nº 000351-2021/GEL; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 13 de noviembre de 2015, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”; Que, con fecha 1 de abril de 2016, se publica en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2020- PCM, de fecha 27 de julio de 2020, la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; Que, el literal f) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de fi ne al Cuadro de Asignación Personal (CAP) Provisional como el documento de gestión de naturaleza temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, en base a su estructura orgánica vigente, prevista en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, conforme al numeral 5 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento a través del cual se pueden realizar reajustes en los campos de “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargos de con fi anza”, así como otras acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, el numeral 1.3 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que las entidades que cuenten con un CAP Provisional podrán ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos, conforme a los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mismo Anexo; Que, el segundo párrafo del numeral 5 del anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento del CAP Provisional puede ser aprobado mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la entidad, previo informe de la O fi cina de Recursos Humanos, con el visto bueno de la O fi cina de Racionalización; Que, el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva referida, señala que el Titular de la entidad, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece que la Gerencia General es el máximo órgano ejecutivo y administrativo de la institución; Que, con Informe Nº 000209-2021-GRH/INDECOPI, la Gerencia de Recursos Humanos remite a la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional la propuesta para el reordenamiento del CAP Provisional de INDECOPI, consistente en que, de los seiscientos setenta y ocho (678) cargos existentes, ochenta (80) se encuentran “previstos” y, quinientos noventa y ocho (598) “ocupados”, realizándose cambios en la situación de diecisiete (17) cargos, en el desplazamiento de cuatro (4) cargos, en la denominación de dos (2) cargos y el cambio de la clasi fi cación de dos (2) cargos; Que, a través del Informe Nº 000020-2021-GPG/ INDECOPI, el Área de Racionalización y Gestión Institucional de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional del INDECOPI; Que, mediante Informe Nº 000351-2021-GEL/ INDECOPI, la Gerencia Legal opina que la propuesta fi nal de reordenamiento del CAP Provisional del Indecopi cumple lo dispuesto en el numeral 5 del anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva referida, y que la Gerencia General del Indecopi se encuentra facultada para aprobar la propuesta y emitir la resolución correspondiente; Que, en consecuencia, la Gerencia General considera procedente aprobar el reordenamiento del CAP Provisional de la Institución; Con el visto bueno de la Gerencia de Recursos Humanos, la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional y la Gerencia Legal; De conformidad con el numeral 5 del anexo 4 y el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, y el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI, de conformidad a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos, coordinar con las áreas pertinentes la difusión del documento de gestión institucional aprobado, así como su publicación en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PASTOR PAREDES Gerenta General 1954115-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Modifican la Res. N° 00004-2021-MIGRACIONES, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios de MIGRACIONES, durante el Año Fiscal 2021 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000115-2021-MIGRACIONES Breña, 19 de mayo del 2021