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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (09/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 9 de octubre de 2021 El Peruano / DURANTE EL DESARROLLO DE OBRAS DE EDIFICACIÓN, CONSTRUCCIÓN, MEJORAMIENTO, TRABAJOS DE ACONDICIONAMIENTO Y REFACCIÓN, DENTRO DEL HORARIO DE TRABAJO EXCEPCIONAL TEMPORAL CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN GRADUALIDADMONTO DE MULTAMEDIDA CORRECTIVAPLAZO DE REGULARIACIÓN O-109POR REALIZAR LA CARGA Y DESCARGA DE MATERIALES ENTRE LAS 7:00 A 8:00 HORAS Y 17:30 A 19:30 HORAS DE LUNES A VIERNES, Y ENTRE LAS 7:00 A 8:00 HORAS Y 13:30 A 17:00 HORAS LOS SÁBADOS, DEL HORARIO DE TRABAJO EXCEPCIONAL TEMPORAL AUTORIZADO.MUY GRAVE 1UITPARALIZACIÓN DE OBRAS (se aplicará vía medida provisional siempre que se presenten los supuestos establecidos en el Artículo 4, numeral 4.12 de la Ordenanza Nº 600-MSS)NO APLICA O-110POR NO EFECTUAR ACCIONES PARA REDUCIR RUIDOS FUERA DE LOS PARÁMETROS PERMISIBLES, EVITAR GOLPES, VIBRACIONES, GRITOS DEL PERSONAL DENTRO Y FUERA DE LA OBRA, GENERAR POLVO, DESLUMBRAMIENTO U OTRA MOLESTIA QUE AFECTE A PREDIOS COLINDANTES.MUY GRAVE 1UITPARALIZACIÓN DE OBRAS (se aplicará vía medida provisional siempre que se presenten los supuestos establecidos en el Artículo 4, numeral 4.12 de la Ordenanza Nº 600-MSS)NO APLICA O-111POR REALIZAR TRABAJOS DE DEMOLICIÓN, EXCAVACIÓN, VACEADO DE LOSA, DE TECHO Y VERTICALES Y/O ELIMINACIÓN DE MATERIAL Y ESCOMBRO, ENTRE LAS 7:00 A 8:00 HORAS Y 17:30 A 19:30 HORAS DE LUNES A VIERNES, Y ENTRE LAS 7:00 A 8:00 HORAS Y 13:30 A 17:00 HORAS LOS SÁBADOS, DEL HORARIO DE TRABAJO EXCEPCIONAL TEMPORAL AUTORIZADO.MUY GRAVE 80%PARALIZACIÓN DE OBRAS (se aplicará vía medida provisional siempre que se presenten los supuestos establecidos en el Artículo 4, numeral 4.12 de la Ordenanza Nº 600-MSS)NO APLICA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- APROBAR el Anexo 1 “Declaración Jurada de Actividades Constructivas y de Edi fi cación en Horario Excepcional en el Distrito de Santiago de Surco”, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, la evaluación de la solicitud y el otorgamiento de la autorización en el marco de la presente Ordenanza; y, a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza e imposición de las sanciones y medidas correctivas en caso de inobservancia. Tercera.- INCORPORAR en Anexo I de la Ordenanza 611-MSS “Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco”, las conductas infractoras pasibles de sanción administrativa señaladas en el artículo 6° de la presente ordenanza. Cuarta.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como para prorrogar su vigencia. Quinta. - ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de las Información su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el 31 de diciembre de 2022, pudiendo ser prorrogada, debiéndose considerar para ello la evaluación, los resultados de la ordenanza y las disposiciones normativas que puedan estar vigentes para dichas fechas. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1999643-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza Municipal para la regularización de edificaciones del procedimiento para la licencia de edificación conformidad de obra y declaratoria de edificación en el distrito de La Perla ORDENANZA Nº 012-2021-MDLP La Perla, 24 de setiembre de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLAPOR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de setiembre de 2021, el Dictamen Nº 002-2021 presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos sobre el “Proyecto de Ordenanza Municipal para la Regularización de Edi fi caciones del Procedimiento para la Licencia de Edi fi cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edifi cación en el Distrito de La Perla”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley