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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (09/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 9 de octubre de 2021 El Peruano / del Documento de Organización y Funciones Provisional aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 065-2021/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna, a la colaboradora que se indica a continuación: N.º REG. APELLIDOS Y NOMBRES 13723 FRANCO MARCOS, ADA ROCIO Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIANA AMPARO ROSA MOLINA DEL CARPIO IntendenteIntendencia Regional Tacna 1999536-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1099 Lima, 13 de septiembre de 2021Visto el Expediente STDUNI Nº 70689-2021 presentado por la señorita ROSARIO GUADALUPE VILCAS SARAVIA, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica; CONSIDERANDO: Que, la señorita ROSARIO GUADALUPE VILCAS SARAVIA, identi fi cado con DNI Nº 47467605 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 190-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 03 de setiembre del 2021, precisa que el diploma de la señorita ROSARIO GUADALUPE VILCAS SARAVIA, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 13, página 376, con el número de registro 37806-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 15-2020, realizada el 07.09.2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica a la señorita ROSARIO GUADALUPE VILCAS SARAVIA; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 10 (Virtual) de fecha 09 de setiembre de 2021 y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica a la siguiente egresada de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Nº Apellidos y nombresCon mención enFecha de Otorgamiento del diploma 1 Vilcas Saravia, Rosario GuadalupeIngeniería Petroquímica11.03.2015 Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO CANALES GARCIA Rector (e) 1998646-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Declaran la habilitación urbana de oficio del “Conjunto Residencial Privado Santa Chiara” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0111 Ate, 29 de enero de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; Visto; el Informe N° 006-2021-MDA/GIU-SGHUE- GRND e Informe N° 012-2021-MDA/GIU-SGHUE de la Sub Gerencia de habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones; el Informe N° 027-2021-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 008-2021-MDA/GIU de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo; el Memorándum N° 0047-2021-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO:Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 24° de la Ley N° 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1246, establece que: “Las municipalidades distritales y las provinciales o la Metropolitana de Lima, en el ámbito del Cercado, identi fi can los predios registralmente cali fi cados como rústicos que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edi fi caciones y servicios públicos, emitiendo la Resolución que declare habilitado de o fi cio dichos predios, disponiendo la inscripción registral de uso rústico a urbano y precisando que estas habilitaciones no sujetas a aportes de la habilitación urbana, siendo que las municipalidades pueden recti fi car y/o determinar áreas, linderos y/o medidas perimétricas inscritas que discrepen