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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (27/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de octubre de 2021 El Peruano / en la VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y de viáticos son asumidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, a través del Memorando Nº 0588-2020- MTPE/4/11, la O fi cina General de Administración remite las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario por concepto de viáticos, Notas Nº 1503 y Nº 1504, que irrogan los mencionados viajes; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisan que las autorizaciones de viaje deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 318-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar el viaje de los señores JEAN PIERRE D’LAURA QUINTANA, Asesor II del Despacho Ministerial, y JESÚS ADALBERTO BALDEÓN VÁSQUEZ, Jefe de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia del 28 al 31 de octubre de 2021, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial, son cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo US$Viáticos por día US$ 370.00 (02 días de viáticos + 01 día por instalaciónTotal US$ JEAN PIERRE D’LAURA QUINTANA1,535.181,110.00 2,645.18 JESÚS ADALBERTO BALDEÓN VÁSQUEZ1,535.181,110.00 2,645.18 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deben presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2005419-1 Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2021-TR Lima, 26 de octubre de 2021VISTOS: El Memorando Nº 1241-2021-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº 0856-2021-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (CAP-P Nº 023), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar al señor OMAR SEGUNDO VÁSQUEZ QUISPE, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (CAP-P Nº 023), Nivel F-5 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2005420-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa SUPARO TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1036-2021-MTC/01.03 Lima, 21 de octubre de 2021VISTO, el escrito de registro Nº T-243313-2021, mediante el cual la empresa SUPARO TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley Nº 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, de fi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios