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33 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de octubre de 2021 El Peruano / como medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos, seguridad y defensa, desarrollo económico, políticas sociales y fortalecimiento institucional, así como infraestructura para la integración y el desarrollo; Que, en ese contexto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT participará en las reuniones técnicas preparatorias y en el mencionado Gabinete Binacional para acordar conjuntamente las propuestas de compromisos en los temas de su competencia, estando dicha participación alineada con los objetivos estratégicos institucionales de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, y de reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras pues busca aumentar la competitividad de la economía nacional; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al informe técnico adjunto al Memorándum Electrónico Nº 00182-2021-300000 de fecha 22 de octubre de 2021, resulta necesario autorizar la participación de la trabajadora Marilú Haydee Llerena Aybar, Superintendente Nacional Adjunta de Aduanas; Que la Cuadragésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, establece que, durante dicho año fiscal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada ley no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, dispone que la SUNAT mediante resolución de superintendencia autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT, resulta necesario, por razones de itinerario, autorizar el viaje de la mencionada trabajadora del 28 al 31 de octubre de 2021, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto por la Cuadragésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la trabajadora Marilú Haydee Llerena Aybar, Superintendenta Nacional Adjunta de Aduanas, del 28 al 31 de octubre de 2021, para participar en el evento Encuentro Presidencial y VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia, a realizarse el 30 de octubre de 2021 en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:Pasajes aéreos US $ 1 230,04Viáticos US $ 740,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2004910-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 000001-2021-SUNAT/7J0000 DESIGNA AUXILIAR COACTIVO DE LA INTENDENCIA REGIONAL CUSCO Cusco, 22 de octubre de 2021CONSIDERANDO:Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliar Coactivo y designar a nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar Auxiliares Coactivos en el ámbito de competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000 SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, a la colaboradora que se indica a continuación: 1. ROCIO GISEL RODRIGUEZ SALCEDO, con registro 6333. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS IRURI CHAVEZ IntendenteIntendencia Regional Cusco 2004704-1