NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 84
84 NORMAS LEGALES Jueves 2 de setiembre de 2021 El Peruano / More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar la actividad denominada “Levantamiento de Información y De fi nición del Modelo de Despacho Judicial del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, al Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021, con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución de la referida actividad incorporada al Plan de Trabajo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1987269-16 Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversos Distritos Judiciales CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000279-2021-CE-PJ Lima, 27 de agosto de 2021VISTOS:El O fi cio N° 000262-2021-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N° 000072-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ del Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, a la fecha existen en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Callao, Cañete, Ica, Lima Norte, Lambayeque, Puente Piedra - Ventanilla, Sullana, Tumbes y Ucayali, órganos jurisdiccionales transitorios cuya prórroga debe evaluarse, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales. Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presenten los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior, sino también se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan el primero de los mencionados; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas N° 174-2014-CE-PJ, N° 395-2020-CE-PJ y N° 166-2021-CE-PJ, para los otros casos su evaluación se rige en base al análisis histórico de producción, cuyo fi n principal es medir objetivamente a cada órgano jurisdiccional de acuerdo a los procesos que tramitan. Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000072-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, del Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, por el cual se realiza un análisis y evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios determinando su nivel resolutivo, sin soslayar las limitantes causadas por la emergencia sanitaria que tiene el país, además de otros factores relacionados con la inminente necesidad de apoyo en la descarga procesal y el arrastre de carga procesal respecto al año anterior. En ese sentido, se estableció que el periodo de extensión de las prórrogas estará vinculado a estos factores, correspondiendo cuatro meses a los que alcanzaron un óptimo nivel de producción, mientras que serán tres y dos meses aquellos que no alcanzaron los niveles esperados de producción en el periodo de análisis. Cuarto. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el Informe N° 000072-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1084- 2021 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de agosto de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de setiembre de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 31 de diciembre de 2021 DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Zorritos, Provincia de Contralmirante Villar. DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacutec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao. Hasta el 30 de noviembre de 2021 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia de Huaraz. DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO- Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.