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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 3 de setiembre de 2021 El Peruano / Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución Ejecutiva Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de su cumplimiento la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Artículo Sétimo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a los funcionarios designados y a todas las instancias Técnico Administrativas de la Sede del Gobierno Regional de Cusco, para su conocimiento y fi nes de ley. Regístrese y comuníquese.JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 1987576-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama del Gobierno Regional de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2021-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiséis de julio de dos mil veintiuno, en Sesión Ordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...)”. Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2 establece: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal”. Asimismo, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en tanto que en su artículo 38 señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 064- 2021-PCMA, en su artículo 43 sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF establece: “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”; asimismo, en su artículo 45 sobre Norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones señala: “45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: (…) b) Los Gobiernos Regionales por Ordenanza Regional (…).” Que, mediante Ordenanza Regional Nº 055-2014- CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 24 de diciembre de 2014, se dispuso: “(…) Artículo PRIMERO: APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA (...)”, reglamento que fue modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 016- 2015-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 06 de abril de 2016 y Ordenanza Regional Nº 002-2018-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 23 de diciembre de 2018. Que, mediante O fi cio Nº 446-2021-ORAJ-GGR- GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de mayo de 2021, remitido por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna, se remite opinión legal y se solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, para lo cual se adjunta el proyecto de ordenanza regional aprobatoria del ROF, el proyecto del ROF, el informe técnico sustentatorio del ROF, la exposición de motivos del proyecto de modi fi cación del ROF, así como los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido. Que, con el Informe Nº 044-2021-GRPPAT-SGDO/ GOB.REG.TACNA de fecha 22 de abril del 2021, emitido por la Subgerencia de Desarrollo Organizacional; el O fi cio Nº 1058-2021-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de abril del 2021, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Opinión Legal Nº 750-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de mayo de 2021, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de la Comisión de Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna Nº 018-2021-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de junio del 2021; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 018-2021-COPPyAT-CR, de fecha 05 de junio de 2021, sobre “APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de julio de 2021, realizada mediante videoconferencia. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta pertinente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, el cual consta de siete (07) Títulos, cuatrocientos treinta y dos (432) artículos, ocho (08) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Finales; y el ORGANIGRAMA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional.