NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (21/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Martes 21 de setiembre de 2021 El Peruano / Designan Directora de Normas y Registro de la SBN RESOLUCIÓN Nº 0081-2021/SBN San Isidro, 20 de setiembre de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución N° 060-2014/SBN del 12 de agosto de 2014, se designó, a partir del 14 de agosto de 2014, al abogado José Felisandro Mas Camus en el cargo de con fi anza de Director de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el citado funcionario, mediante Carta s/n de fecha 20 de setiembre de 2021, ha presentado su renuncia al cargo de con fi anza de Director de Normas y Registro, por lo que se ha visto por conveniente aceptarla y designar a quien ocupará el referido cargo de con fi anza; Con el visado de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en uso de la atribución conferida por el inciso k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA. SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia formulada por el abogado JOSÉ FELISANDRO MAS CAMUS al cargo de con fi anza de Director de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la abogada ESTEFANIA ALELI MANZANEDA PINEDA en el cargo de con fi anza de Directora de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia General efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.sbn.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese.CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 1993557-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Aprueban modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2021 de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 62-2021 Lima, 15 de setiembre de 2021VISTO, el Memorándum Nº 00146-2021/OPP, el Informe Nº 00085-2021/OPP, el Proveído Nº 00751-2021/SG, el Proveído Nº 00059-2021/OPP y el Informe Legal Nº 302-2021/OAJ;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del PEI y el POI; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 75-2020 se aprobó el POI 2021, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura PIA de la PROINVERSIÓN; disponiendo que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto evalúe con periodicidad trimestral la ejecución y modi fi catoria; Que, los Planes Operativos Institucionales se elaboran teniendo en cuenta el Plan Estratégico Institucional - PEI, el cual debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales; Que, el Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional, cuyo contenido principal son las actividades operativas en un periodo de un año en contexto multianual; Que, mediante Memorándum Nº 00146-2021/OPP e Informe Nº 00085-2021/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto concluye con la necesidad de aprobar la modi fi cación del Plan Operativo Institucional 2021, de conformidad con solicitado por los órganos de la entidad citados en el referido informe. Asimismo, indica que la modi fi cación del Plan Operativo Institucional 2021 cuenta con la conformidad y validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico; Que, el literal p) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de aprobar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia; Estando a lo propuesto por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del “Plan Operativo Institucional - POI 2021 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto evalúe con periodicidad trimestral la ejecución del documento a que se re fi ere el artículo de la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y publicar la resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar, el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano.