NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (21/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Martes 21 de setiembre de 2021 El Peruano / Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, el Quinto y Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado y la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado. 2. Sobre el renombramiento y conversión de los Órganos Jurisdiccionales de la CSN: la Resolución Administrativa N.º 000299-2021-CE-PJ de fecha 17 de septiembre de 2021, dispuso diversas medidas administrativas en la CSN entre las que se encuentran las siguientes: “l) Renombrar el 1º Juzgado Penal Colegiado Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, modi fi cado por Resolución Administrativa N.º 000116-2021-CE-PJ, como 1º Juzgado Penal Colegiado Nacional. m) Convertir los 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Crimen Organizado como 2º Juzgado Penal Colegiado Nacional. n) Disponer la redistribución de todos los procesos del Colegiado Conformado (integrado por los 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Crimen Organizado) al 2º Juzgado Penal Colegiado Nacional. o) Convertir los 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios, como 3º Juzgado Penal Colegiado Nacional. p) Disponer la redistribución de todos los procesos del Colegiado Conformado (integrado por los 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios) al 3º Juzgado Penal Colegiado Nacional. q) Renombrar el 2º Juzgado Penal Colegiado Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, reubicado mediante Resolución Administrativa N.º 000116-2021-CE-PJ, como 4º Juzgado Penal Colegiado Nacional. r) Disponer que los 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados Penales Colegiados Nacionales, conocerán en adición de funciones todos los procesos penales tramitados con el Código Procesal Penal de 2004 en función penal unipersonal; para tal efecto, el Sistema Integrado Judicial deberá asignar los procesos de manera aleatoria y equitativa entre los jueces que conforman cada Colegiado. s) Disponer que los expedientes en función penal unipersonal de los 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Crimen Organizado, y de los 1º, 2º, y 3º Juzgado Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios, seguirán su tramitación por los mismos magistrados hasta su culminación en las dependencias convertidas”. 3. Sobre el traslado de los órganos jurisdiccionales: si bien mediante Resolución Administrativa N.º 000168-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 09 de junio de 2021 emitida por esta Presidencia, se dispuso el traslado de 06 órganos jurisdiccionales ubicados en la sede de la Prolongación Tacna N.º 734, a la sede ubicada en la avenida Nicolas de Piérola -ex Colmena- N.º 1035 - Cercado de Lima, el mismo, no se logró ejecutar debido a problemas contractuales surgidos respecto del alquiler de dicho inmueble a cargo de la Gerencia del Poder Judicial. 4. En tal sentido, de lo informado por el administrador de la CSN y de la administración del Módulo del CPP se advierte que la necesidad del traslado de órganos jurisdiccionales es actual y, no solo motivado por la entrada en vigencia del CPP en la CSN -lo cual se ha dado desde el 15 de junio de 2021, sino también por la falta de espacio para acoger a todos los órganos jurisdiccionales en un solo inmueble. Asimismo, se aprecia que los Colegiados de Juzgamiento Nacional tienen un ritmo de producción propio -debido a su naturaleza concentrada-, por lo que la propuesta en mención permite organizarlos de manera más congruente, lo cual implicaría realizar adaptaciones mínimas con un patrón común en función a la uni fi cación de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios y el necesario distanciamiento social producto de la emergencia sanitaria nacional en la que aún nos encontramos. 5. Cabe señalar que este traslado tendría una naturaleza temporal ante la inminencia de la inauguración del nuevo local institucional de la CSN. Por tal motivo, con estos fundamentos adicionales y entendiendo que el acto de gobierno institucional se legitima si adicionalmente se fundamentan las razones de la decisión que prioriza un criterio de armonía funcional, debe emitirse el acto administrativo correspondiente por esta Presidencia disponiendo el traslado de los órganos jurisdiccionales propuestos a la sede ubicada en el jirón Contumazá N.º 846 - tercer piso - Cercado de Lima. 6. La Presidencia es el órgano de dirección de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10º del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de conformidad con las consideraciones invocadas. SE RESUELVE:Primero. DEJAR SIN EFECTO la Resolución Administrativa N.º 000168-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 09 de junio de 2021 emitida por esta Presidencia en la que se dispuso el traslado de varios órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior Nacional ubicados en la sede de la avenida Prolongación Tacna N.º 734, a la sede ubicada en la avenida Nicolás de Piérola -ex Colmena- N.º 1035 - Cercado de Lima. Segundo. DISPONER EL TRASLADO de los siguientes órganos jurisdiccionales de la CSN a la nueva sede ubicada en el jirón Contumazá N.º 846 - tercer piso - Cercado de Lima: a) 1º Juzgado Penal Colegiado Nacional, b) 2º Juzgado Penal Colegiado Nacional, c) 4º Juzgado Penal Colegiado Nacional, ubicados en la sede de la avenida Prolongación Tacna N.º 734, d) 3º Juzgado Penal Colegiado Nacional ubicado en la sede del Edi fi cio Carlos Zavala Loayza, sito en la avenida Manuel Cuadros 182 - Cercado de Lima. Tercero. DISPONER el funcionamiento de los juzgados mencionados en el fundamento segundo a), b) y c) en la nueva sede a partir del día 20 de septiembre de 2021. Cuarto. DISPONER el traslado progresivo del 3º Juzgado Penal Colegiado Nacional y su funcionamiento completo en la nueva sede a más tardar el 23 de setiembre de 2021. Quinto. DESIGNAR como responsable de la ejecución de la presente Resolución al administrador de la CSN, quien actuará en coordinación con los señores magistrados y la administración del Módulo del CPP de la CSN. El traslado de los órganos jurisdiccionales comprende además a los recursos humanos, logísticos, tecnológicos y los destinados a las salas de audiencias, debiendo maximizar la no interrupción de la actividad jurisdiccional, debiendo adoptarse las medidas correspondientes con tal fi nalidad. Sexto. DISPONER que la O fi cina de Administración de la CSN y el área de logística presten todas las facilidades para el traslado de los expedientes, bienes judiciales y otros, así como el acondicionamiento de las áreas y ambientes que serán ocupados en la nueva sede, garantizando la dotación de los requerimientos mínimos para un adecuado funcionamiento de todos los órganos jurisdiccionales en mención. Séptimo. DISPONER que la O fi cina de Administración de la CSN y el área de Informática adecuen el Sistema Integrado Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente Resolución, debiendo asegurar la operatividad de los módulos informáticos que correspondan.