NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / Clima Laboral y Cultura Organizacional Se han diseñado 4 estrategias para mejorar el clima laboral y moldear la cultura organizacional, están listas, solo queda pendiente su ejecución en función de la fecha de implementación. Infraestructura Físicaa) La ubicación de los órganos jurisdiccionales que conocerán la Nueva Ley Procesal del Trabajo es el tercer y cuarto piso del inmueble situado en Avenida Madre de Dios Nº 360, distrito, provincia y departamento de Madre de Dios. Asimismo, el Juzgado de Paz Letrado está ubicado en la sede de Laberinto. b) A la fecha se viene ejecutando el servicio de revisión de las instalaciones eléctricas, siendo que la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios se encuentra en la etapa preparatoria del proceso de contratación, el mismo que es de menor cuantía (menor a 8 UIT). En caso se requiera, se adquirirá material para la renovación integral del sistema eléctrico de los pisos 3 y 4. c) Se ha previsto culminar con el servicio de acondicionamiento la tercera o cuarta semana de setiembre. d) El proceso de adquisición de mobiliario se encuentra en plazo de ejecución del contrato, se prevé contar con los muebles la primera semana de setiembre. Infraestructura y Solución Tecnológicaa) Se ha solicitado a la Gerencia de Informática que valide las especi fi caciones técnicas para adquisición y contratación de equipos informáticos y servicio de internet móvil, respectivamente, para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. b) Se ha procedido con la certi fi cación del “storage” por parte de la Sub Gerencia de Logística. Cabe precisar que las especi fi caciones técnicas, de este equipo informático, fueron desarrolladas y certi fi cadas por la Gerencia de Informática. c) De no contar hasta la fecha de implementación, con la adquisición de los equipos informáticos, el informático de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios mani fi esta que cuentan con equipos que pueden suplir a los solicitados en el proceso de implementación. d) Sobre la Solución Tecnológica, la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios ha remitido a la Gerencia de Informática la documentación solicitando el proceso de con fi guración, capacitación, puesta en producción, monitoreo, estabilización y cierre de los sistemas informáticos. Asimismo, han remitido Resolución Administrativa Nº 406-2021-P-CSJMD-PJ, que conforma el Comité de Implantación. Gestión de CambioSe han diseñado 9 actividades que permitan adaptarse a las personas al cambio de la aplicación al nuevo modelo del proceso laboral y modelo corporativo, las actividades de plani fi cación han culminado y se encuentran listas para el despliegue dependiendo de la fecha de implementación. Difusión ExternaSe han diseñado 6 actividades para el proceso de difusión, la Corte Superior está en proceso de contratación y organización de las actividades, y se desplegará un mes antes de la fecha de implementación. Descarga y Liquidacióna) La información del Plan de Descarga y Liquidación presentado por la Corte Superior al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, contiene la proyección de la carga procesal al mes de mayo de 2021, indicando que, con el apoyo de los nuevos órganos jurisdiccionales laborales, se podría liquidar los expedientes referidos a la Ley Nº 26636, para febrero de 2022. b) El Juzgado de Trabajo Transitorio de Tambopata es el órgano que asumirá la Nueva Ley Procesal del Trabajo, pero debido a que tiene prevista su liquidación de la Ley Nº 26636 hasta diciembre de 2021, dicho juzgado puede asumir la liquidación de manera transitoria. c) Con las disposiciones propuestas por la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, se prevé la liquidación de los expedientes en trámite de la Ley Nº 26636 para febrero de 2022 en dicha Corte Superior. Presupuesto (Bienes y Servicios)Se asignó a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios un total de S/ 869,997.00 tanto en bienes y servicios como en activos no fi nancieros, de los cuáles se ha ejecutado S/ 298,608.13 en la adquisición de mobiliario, en tanto el resto del presupuesto se encuentra en etapa de requerimientos por parte del área usuaria y actualización de estudio de mercado. Segundo. Que, en base al análisis realizado en el referido informe se ha procedido a evaluar el avance de cada uno de los componentes lo cual ha permitido corroborar el pedido presentado por la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios respecto a la fecha de implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en dicha Corte Superior, para que se desarrolle el día 4 de noviembre de 2021. Tercero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1022- 2021 de la cuadragésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 18 de agosto de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 4 de noviembre de 2021, la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley Nº 29497, en el Distrito Judicial de Madre de Dios. Artículo Segundo.- Disponer que, a partir del 4 de noviembre de 2021, se implemente la competencia en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y la liquidación de la Ley Nº 26636 en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, conforme se detalla: a) Sala Civil de Tambopata, manteniendo su competencia territorial en las provincias de Tambopata, Tahuamanu y Manu respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones. b) Juzgado de Trabajo Transitorio de Tambopata, con competencia territorial en los distritos de Tambopata, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata respecto a los procesos laborales mencionados. c) Juzgado de Paz Letrado de Laberinto, con competencia territorial en los distritos de Tambopata, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones. d) Los Juzgados Mixtos de Iberia, Iñapari, Huepetuhe y Salvación, y el Juzgado Penal Unipersonal de Mazuko, manteniendo su competencia territorial respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones.