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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / e) Los Juzgados de Paz Letrados de Inambari, Iberia, Iñapari, Huepetuhe y Manu, manteniendo su competencia territorial respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones. Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios asigne, por única vez mediante resolución administrativa, a los órganos jurisdiccionales que asumirán los procesos laborales en los casos de impedimento o recusación de los órganos establecidos en el punto anterior. Artículo Cuarto.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios informe de manera trimestral al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto al avance de la liquidación de los expedientes en trámite de la Ley Nº 26636, a fi n de culminar con dicha liquidación en marzo de 2022. Artículo Quinto.- Disponer que se realice el despliegue de los componentes de Capacitación, Inducción, Clima, Cultura, Comunicación Interna, Gestión del Cambio y Difusión conforme lo establecido en las conclusiones del informe presentado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, permitiendo con ello un proceso paulatino y aplicado a la coyuntura actual, debiendo apuntar a la virtualidad en lo que más se pueda desarrollar. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial en atención a la Resolución Administrativa Nº 103-2021-CE-PJ, priorice para el año 2022 la asignación de recursos económicos a favor de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios para la contratación bajo la modalidad CAS - Decreto Legislativo 1057, a fi n de brindar sostenibilidad en el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales que conocerán la Nueva Ley Procesal del Trabajo, conforme a la cantidad de personas requeridas en la propuesta de dotación de personal del Informe Nº 000096-2021-SPP-GP-GG-PJ y el Ofi cio Nº 19-2021-P-ETIINLPT-CE-PJ. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, O fi cina de Productividad Judicial; y a la Gerencia del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1994344-2 Disponen, a partir del 7 de octubre de 2021, la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley 29497, en el Distrito Judicial de San Martín; y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000287-2021-CE-PJ Lima, 7 de septiembre del 2021VISTO:El O fi cio Nº 000129-2021-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000072-2021-ST-ETII NLPT-CE-PJ, mediante el cual se pone en conocimiento la evaluación realizada a los avances en la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de San Martín, señalando que se obtuvieron los siguientes resultados: Identi fi cación de Órganos Jurisdiccionales a) De acuerdo con la coordinación realizada entre la Corte Superior de Justicia de San Martín y el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se establecieron los órganos jurisdiccionales que podrían conocer la Nueva Ley Procesal del Trabajo en dicha Corte Superior, los cuales fueron propuestos mediante correos de fechas 25 de mayo y 16 de junio de 2021. b) Al respecto, el Equipo Técnico considera adecuada la propuesta de órganos jurisdiccionales que conocerán la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las Sedes de Moyobamba y Tarapoto y en las demás sedes de periferias, los cuales vienen conociendo la Ley Nº 26636. c) Finalmente, se propone la conversión del 2º Juzgado de Paz Letrado de Tarapoto como Juzgado de Paz Letrado Laboral, órgano que deberá distribuir su carga de expedientes penales, civiles y de familia al 1º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrados de dicha sede, debiendo coordinar la Corte Superior con la O fi cina de Productividad Judicial de manera posterior, a fi n de establecer la denominación o especialización del 1º, 3º y 4º Juzgado de Paz Letrado de Tarapoto. Modelo de Despacho Judiciala) En la sede de Tarapoto, se implementará el Módulo Corporativo Laboral que estará conformado por un Juzgado de Paz Letrado Laboral y un Juzgado de Trabajo transitorio. b) La Sala Civil de la provincia de Tarapoto tramitará la Nueva Ley Procesal del Trabajo en adición a sus funciones. c) En la sede de Moyobamba se conformará un Juzgado de Trabajo transitorio que tramitará la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Proceso Contencioso Administrativo Laboral Previsional y la Ley Nº 26636 (ALPT); y un juzgado de Paz Letrado que tramitará la Nueva Ley Procesal del Trabajo en adición a sus funciones. d) La Sala Mixta de la Provincia de Moyobamba tramitará la Nueva Ley Procesal del Trabajo en adición a sus funciones. Dotación de Personala) El proceso de selección de personal fue realizado con éxito durante el mes de mayo por parte de la Corte Superior de Justicia de San Martín en coordinación con el Equipo Técnico, siendo que los 33 servidores fueron contratados bajo el régimen laboral CAS, cuyo inicio de labor fue el 1 de julio de 2021. El CAP de la Sala Civil de Tarapoto estará conformado por 11 cargos ocupados y 7 cargos previstos. El presupuesto asignado para dicha contratación es de S/ 609,860.00 b) El Módulo Corporativo Laboral de Tarapoto estará conformado por 12 cargos ocupados y 12 cargos previstos. c) El Cuadro para Asignación de Personal de la Sala Mixta de Moyobamba estará conformado por 12 cargos ocupados y 6 cargos previstos. d) El Cuadro para Asignación de Personal del Juzgado Especializado de Trabajo transitorio de Moyobamba estará conformado por 4 cargos ocupados y 5 cargos previstos. e) El Cuadro para Asignación de Personal del Juzgado de Paz Letrado de Moyobamba estará conformado por 5 cargos ocupados y 2 cargos previstos. CapacitaciónSe han diseñado 3 actividades de capacitación de una duración promedio de cada una de un mes y medio aproximadamente culminando en el mes de diciembre.