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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / CARGO Categoría Cargo/NivelCANTIDAD POR OO.JJ.RET. ECON. MENSUALESSALUD S/.RET. TOTALESSALUD TOTALAGUINALDOTOTAL GENERAL COORDINADOR IProfesional IVCoordinador I 1 S/5,822.00 S/218 S/17,466 S/653 S/300 S/18,419 SECRETARIO JUDICIALProfesional ISecretario Judicial86 S/2,972.00 S/218 S/766,776 S/56,192 S/25,800 S/848,768 ADMINISTRADOR I Profesional I Administrador I 5 S/2,972.00 S/218 S/44,580 S/3,267 S/1,500 S/49,347 PERITO JUDICIAL Profesional I Perito Judicial 13 S/2,972.00 S/218 S/115,908 S/8,494 S/3,900 S/128,302 ASISTENTE JUDICIALTécnico IVAsistente Judicial63 S/2,572.00 S/218 S/486,108 S/41,164 S/18,900 S/546,172 Total CAS Personal Liquidación Ley Nº 26636 168 S/17,310 S/1,089 S/1,430,838 S/109,771 S/50,400 S/1,591,009 artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Liquidación de la Ley Nº 26636, correspondiente al año 2021”, presentado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, a fi n de descongestionar la carga procesal laboral correspondiente a los Distritos Judiciales de Lima, Piura, Lima Este, Huaura, Sullana, Áncash, Lima Sur, Tacna y Loreto. Artículo Segundo.- El periodo de vigencia del referido plan de liquidación será de tres meses, comprendido desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2021; así como la contratación de personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), y en concordancia con el Decreto de Urgencia Nº 083-2021. Artículo Tercero.- La contratación del personal, sujeto a las condiciones antes mencionadas, se efectuará conforme al siguiente detalle:Octavo. Que, la medida propuesta para el desarrollo del proyecto del “Plan de Liquidación de la Ley Nº 26636, correspondiente al año 2021”, en las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura, Huaura, Lima Este, Sullana, Áncash, Lima Sur, Tacna y Loreto, en cuanto a contratación de personal por el periodo de tres meses, está debidamente sustentado y guarda relación con el Decreto de Urgencia Nº 083-2021. Noveno. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1203- 2021 de la quincuagésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de setiembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el Ámbito de acción Secretario Judicial Asistente Judicial Perito Judicial Administrador I Coordinador I Total Lima 26 21 5 1 0 53 Piura 20 16 2 1 0 39Huaura 13 10 1 1 0 25Lima Este 8 5 1 1 0 15Sullana 10 5 1 1 0 17Tacna 1 1 1 0 0 3Ancash 3 1 1 0 0 5Lima Sur 2 1 1 0 0 4 Loreto 3 3 0 0 0 6 ETIINLPT 0 0 0 0 1 1Total 86 63 13 5 1 168 Artículo Cuarto.- Establecer que la Gerencia General del Poder Judicial disponga las medidas administrativas necesarias para la habilitación de códigos de plaza temporales para la contratación de personal en la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), a fi n de coadyuvar a la ejecución del “Plan de Liquidación de la Ley Nº 26636, correspondiente al año 2021”; debiendo poner en conocimiento de forma oportuna a las Cortes Superiores de Justicia incluidas en el citado plan. Artículo Quinto.- La Gerencia General del Poder Judicial y/o áreas pertinentes deberán de gestionar la habilitación de los códigos presupuestales necesarios, a fi n que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia comprendidas en el presente plan de liquidación, puedan contratar el número de profesionales indicado previamente, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), para el cumplimiento del “Plan de Liquidación de la Ley Nº 26636, correspondiente al año 2021” Artículo Sexto.- El personal asignado para la ejecución del “Plan de Liquidación de la Ley Nº 26636, correspondiente al año 2021”, laborará a exclusividad en las instalaciones de las Cortes Superiores de Justicia donde estén ubicados los órganos jurisdiccionales al cual se están asignando, bajo la dirección del Administrador y/o responsable según corresponda, debiendo cumplir actividades específicas que permita lograr los objetivos del presente plan de liquidación, para ello, las actividades durante su desarrollo y ejecución, implica necesariamente un trabajo que debe guardar relación con las actividades de clasificación y revisión de expedientes; producción de Resoluciones, Decretos, Autos y otros; cosido, foliado y remisión de expedientes al archivo central y actualización de estados procesales en el expediente como en el Sistema Integrado Judicial, priorizando labores específicas que permita lograr los objetivos del presente plan de liquidación. Actividades con respecto al cargo de secretario judicial Juzgados:i. Presentar en la brevedad posible, a fin de dar cumplimiento a la meta establecida en el plan de liquidación, los proyectos de resolución para su