NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1161- 2021 de la quincuagésima cuarta sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 14 de setiembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 257-2021-CE-PJ de fecha 18 de agosto de 2021, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Incorporar al Centro Poblado Rural Huertos de Manchay (denominado también Zona V-Huertos de Manchay o Quebrada de Manchay) del Distrito de Pachacamac, Provincia de Lima, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Lima Sur. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Lima Sur, efectúe las acciones pertinentes para la adecuada aplicación de las disposiciones contenidas en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia, O fi cina de Productividad Judicial, Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Plani fi cación, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Lima Sur; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1994344-5 Disponen la redistribución de expedientes referidos a materias tributaria y aduanera de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente a la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000302-2021-CE-PJ Lima, 17 de septiembre del 2021VISTA:La Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 00031-2021-SP-CS-PJ, emitida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO:Primero. Que, al haberse establecido que la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República tramite asuntos de carácter previsional; todos los procesos que tuvo a su cargo referidos a temas tributarios, contencioso administrativo y organismos reguladores, actualmente son de competencia de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente del Supremo Tribunal, en aplicación a lo establecido mediante Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 000009-2020-SP-CS-PJ, de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 000025-2021-SP-CS-PJ la referida Sala Plena dispuso, a partir del 18 de mayo de 2021, cerrar turno de las siguientes Salas Supremas, por el periodo de 6 meses: a) Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por lo que todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema deben derivarse a la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y b) Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por lo que todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema deben derivarse a la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Tercero. Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 000220-2021-CE-PJ, modi fi cada por Resolución Administrativa Nº 000232-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso crear la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, la cual tendrá competencia en procesos contenciosos administrativos referidos a materias tributarias y aduaneras, a partir del 1 de agosto de 2021. Cuarto. Que, por Resolución Administrativa Nº 000230-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicitó a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, la delegación de facultades que permita proceder a la redistribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República. Quinto. Que, en ese sentido, mediante Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 00031-2021-SP-CS-PJ la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia delegó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial facultades para que proceda a la redistribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República. Sexto. Que, teniendo en cuenta la urgente necesidad de adoptar medidas y acciones conducentes a resolver la elevada carga procesal que existe en las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República; y de esa forma coadyuvar a que dicha problemática encuentre los canales de solución adecuados para hacer más célere, efi ciente y e fi caz el servicio de impartición de justicia; resulta de mayor importancia dictar las disposiciones que permita la consecución de dicho objetivo, considerando además que todo esto forma parte integral de la política institucional desarrollada por este Poder del Estado, mediante la cual se pondera los esfuerzos y propuesta para optimizar los servicios de justicia. Sétimo. Que, en ese contexto, de acuerdo a lo preceptuado en el numeral 18) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por razones de unidad jurisprudencial, resulta pertinente proceder a la redistribución de expedientes referidos a materias tributaria y aduanera de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, a la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Octavo. Que, el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como atribución y función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1069- 2021 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de agosto de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias