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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (01/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el artículo 7 de la Ley citada en el considerando precedente, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, que forman parte del SINEFA y sujetan su actuación a las normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 05 de febrero de 2019, el OEFA aprobó los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, los mismos que son de cumplimiento obligatorio por parte de todas las Entidades de Fiscalización Ambiental, siendo la APN una de ellas; Que, el literal a) del artículo 4 de los mencionados Lineamientos de fi ne a las Entidades de Fiscalización Ambiental como la entidad pública de ámbito nacional, regional o local que tiene atribuidas algunas funciones de fi scalización ambiental conforme con la normativa vigente. La fi scalización ambiental es ejercida por las unidades orgánicas de las Entidades de Fiscalización Ambiental. Excepcionalmente y por disposición legal, podrá ser considerada Entidad de Fiscalización Ambiental aquel órgano de línea de la entidad que se encuentre facultado para realizar funciones de fi scalización ambiental; Que, el literal f) del referido artículo de fi ne al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) como el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental plani fi ca las acciones de fi scalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente, las cuales son priorizadas siguiendo los criterios establecidos en el artículo 7 de los mismos Lineamientos. De acuerdo con el artículo 8 del mismo instrumento, el PLANEFA es aprobado por Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, el numeral 22 del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, establece que la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente (DOMA) de la APN tiene dentro de sus funciones Promover y supervisar que en los proyectos de desarrollo portuario, y en los sistemas de gestión de las infraestructuras e instalaciones, se incluyan programas de protección del medio ambiente, con arreglo a Ley Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente así como la Unidad de Asesoría Jurídica, exponen que con la finalidad de realizar las actividades de supervisión ambiental de manera eficaz y eficiente en la tarea de mitigar o evitar problemas ambientales en el ámbito portuario, es necesario aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el periodo 2023 (PLANEFA APN 2023), recomendando su aprobación, pues la propuesta de Plan cumple con la estructura establecida en el artículo 6 de los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019- OEFA/CD; Que, en Sesión de Directorio Nº 587 de fecha 08 de marzo de 2022, el Directorio de la APN aprobó el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA de la Autoridad Portuaria Nacional del año 2023; De conformidad con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC; y los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA de la Autoridad Portuaria Nacional del año 2023”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Sede Digital de la Autoridad Portuaria Nacional; juntamente con el mencionado Plan y su Anexo. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 2053511-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana correspondientes al mes de marzo 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 075-2022-INEI Lima, 31 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29438, modi fi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010- EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fi jar una metodología para construir un indicador estadísticamente con fi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de marzo 2022 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente