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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (01/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / 7 del Reglamento del Aporte por Regulación al OSIPTEL; En aplicación de las funciones señaladas en el artículo 23 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y lo establecido en el literal b) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 861 de fecha 17 de marzo de 2022. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar los formatos electrónicos sistematizados en la Plataforma para el Registro de Declaraciones Juradas del OSIPTEL (mensual y anual) y los Anexos del Reglamento del Aporte por Regulación al OSIPTEL, aprobado por Resolución N° 085-2015-CD/OSIPTEL y modi fi catorias, que se señalan a continuación: Anexo N° 6 :Instructivo para acceder al Aplicativo Web de Registro de Declaración Jurada del Aporte por Regulación al OSIPTEL Anexo N° 7 :Procedimiento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria Administrada por el OSIPTEL Artículo Segundo.- Las disposiciones contenidas en la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Derogar los Anexos del Reglamento del Aporte por Regulación al OSIPTEL, aprobado por Resolución N° 085-2015-CD/OSIPTEL y modi fi catorias, que se señalan a continuación: Anexo N° 1 :Formato de Declaración Jurada Mensual Anexo N° 2 :Formato de Declaración Jurada Anual Anexo N° 3 :Formato de liquidación del pago de la Declaración Jurada mensual y anual Anexo N° 4 :Formato de pago de multa por no presentar la Declaración Jurada dentro del plazo establecido Anexo N° 5 :Formato de pago de multa por tributo omitido Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para: (i) La publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente Resolución conjuntamente con los Formatos sistematizados de las Declaraciones Juradas web y los Anexos N° 6 y N° 7, aprobados en el Artículo Primero. (ii) La publicación de la presente Resolución conjuntamente con los Formatos sistematizados de las Declaraciones Juradas web y los Anexos N° 6 y N° 7 aprobados en el Artículo Primero y el Informe N° 081-OAJ/2022, en el Portal Institucional (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe); y (iii) El envío a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del archivo electrónico de los Formatos sistematizados de las Declaraciones Juradas web y los Anexos N° 6 y N° 7, aprobados en el Artículo Primero. Regístrese y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo Anexo 6: Instructivo para acceder al Aplicativo Web de Registro de Declaración Jurada del Aporte por Regulación al OSIPTEL 1. El presente anexo tiene por fi nalidad detallar las instrucciones que deberán seguir las empresas operadoras para la obtención del código de usuario y contraseña, que les permitirá presentar por medio de la página web del OSIPTEL la Declaración Jurada Mensual o la Declaración Jurada Anual.2. El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, ha previsto la formalidad para el acceso al que se re fi ere el numeral anterior, a fi n de proporcionar un código usuario y clave a cada contribuyente, para lo cual se deberá presentar una Solicitud debidamente fi rmada por el contribuyente o su representante legal, en la O fi cina Central del OSIPTEL o en cualquiera de las O fi cinas Desconcentradas o Centros de Orientación a nivel nacional. 3. Los requisitos que contendrá la solicitud a que se refi ere el artículo 2° serán los siguientes: a) Apellidos y Nombres o Razón Social. b) N° de RUC.c) Domicilio fi scal. d) Correo electrónico donde se entregará el usuario y la clave de acceso. e) Nombre del contacto.f) Número de teléfono.g) Firma y huella digital del contribuyente o representante legal. Se deberá adjuntar copia del documento o fi cial de identi fi cación. En el caso de personas jurídicas, adicionalmente se deberá presentar la vigencia de poder de representante legal de la empresa. 4. De no reunir los requisitos antes indicados, se solicitará al contribuyente la subsanación de la solicitud, en cuyo caso, se le otorgará (3) tres días hábiles de recibida la comunicación de subsanación a efectos de que el contribuyente enmiende las omisiones detectadas. En caso de no subsanar en el tiempo otorgado, se tendrá por no presentada la solicitud para acceder al aplicativo web de registro de Declaración Jurada del Aporte por Regulación al OSIPTEL. 5. Una vez admitida la solicitud que reúna los requisitos previstos, se remitirá al correo electrónico asignado por el contribuyente o representante legal, el usuario de identi fi cación y la clave de acceso a la web del OSIPTEL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud descrita. 6. El contribuyente podrá resetear de forma automática su clave de acceso por razón de extravío, perdida y/o seguridad, en tres (3) oportunidades o veces al año. Para la recuperación de la clave, el sistema enviará al correo electrónico (Registrado en la Plataforma), un enlace directo con una codi fi cación para resetear la contraseña. En caso, se vuelva a necesitar nueva clave, posterior a los números de intentos permitidos, se deberá presentar la “Solicitud de usuario y clave para acceder al aplicativo web de registro de Declaración Jurada del Aporte por Regulación al OSIPTEL”, entendiéndose que cada presentación reemplaza a la anterior. 7. Los contribuyentes o las empresas operadoras podrán hacer sus consultas enviando un correo electrónico al buzón aportes@osiptel.gob.pe o llamando al teléfono 225-1313. 8. A través del formulario denominado “Solicitud de usuario y clave para acceder al aplicativo web de registro de Declaración Jurada del Aporte por Regulación al OSIPTEL” (Anexo 10), las empresas operadoras podrán solicitar el código de usuario y contraseña que les permitirá acceder a la plataforma y presentar las Declaraciones Juradas respectivas. 9. De conformidad con lo establecido en el Reglamento, cuando la empresa operadora no pueda registrar la declaración jurada mensual o anual, debido a problemas técnicos de la plataforma para la Declaración Jurada del Aporte o de acceso a la página web institucional del OSIPTEL, deberá comunicar de forma inmediata dicha situación, remitiendo un mensaje de correo electrónico al Administrador de la Plataforma (aportes@osiptel.gob.pe ). Anexo 7: Procedimiento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria Administrada por el OSIPTEL 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN 1.1. Deuda tributaria que puede ser materia de Aplazamiento y/o Fraccionamiento