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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (14/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / ALMISHER y KISH (2000). Accounting betas – an ex anti proxy for risk within the IPO Market. Journal of Financial and Strategic Decisions . Volumen 13, Número 3, Otoño 2000. BRAVO, S. (2008). Teoría Financiera y Costo de Capital. ESAN. Lima. BREALEY, R., MYERS, S. y F. ALLEN. (2010). Principios de Finanzas corporativas. Novena edición. México D.F.: McGraw-Hill. DAMODARAN, A (2014). Applied Corporate Finance . 4ta Edición. Wiley. ICF (2021). COVID-19 Air Traf fi c Recovery Update : A view one year into the pandemic . Junio 2021. GAMBI, A., SIQUEIRA, I. y F. DAL-RI (2012). Analysis of the Relationship between Accounting Information and Systematic Risk in the Brazilian Market. R. Cont. Fin. – USP, São Paulo, v. 23, n° 60, p. 199-211, set/out/nov/dez. 2012. LÓPEZ-DUMRAUF, G. (2010). Finanzas Corporativas: Un enfoque Latinoamericano. Alfaomega Grupo Editor Argentino. Segunda edición. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (2021). 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Barcelona: ESADE Business School, Madrid: ICEX (Instituto Español Comercio Exterior). STEER DAVIES GLEAVE (2014). Study on Cost of Capital, Return on Equity and Pension Costs of Air Navigation Service Providers - Final Report . Preparado para la European Commission, Directorate-General for Mobility and Transport. Marzo de 2014. 2057512-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban los formatos electrónicos “Declaración jurada de equipaje”, “Declaración de salida temporal”, “Declaración de ingreso temporal”, “Comprobante de custodia”, “Declaración jurada de dinero y/o instrumentos financieros negociables - Ingreso” y “Declaración jurada de dinero y/o instrumentos financieros negociables - Salida” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000064-2022/SUNAT APRUEBAN LOS FORMATOS ELECTRÓNICOS “DECLARACIÓN JURADA DE EQUIPAJE”, “DECLARACIÓN DE SALIDA TEMPORAL”, “DECLARACIÓN DE INGRESO TEMPORAL”, “COMPROBANTE DE CUSTODIA”, “DECLARACIÓN JURADA DE DINERO Y/O INSTRUMENTOS FINANCIEROS NEGOCIABLES - INGRESO” Y “DECLARACIÓN JURADA DE DINERO Y/O INSTRUMENTOS FINANCIEROS NEGOCIABLES - SALIDA” Lima, 12 de abril de 2022CONSIDERANDO: Que con Decreto Supremo N° 182-2013-EF se aprobó el Reglamento del Régimen Especial de Equipaje y Menaje de Casa que establece la presentación de la Declaración Jurada de Equipaje afecto al pago de tributos, la Declaración de Ingreso / Salida Temporal y las declaraciones vinculadas, como la Declaración de Salida Temporal y el Comprobante de Custodia; Que, por otro lado, con Decreto Supremo N° 195-2013- EF se aprobó el Reglamento de la Obligación de Declarar el Ingreso o Salida de Dinero en Efectivo y/o Instrumentos Financieros Negociables Emitidos al Portador, el cual establece la forma y condiciones en que los pasajeros deben declarar el dinero o instrumentos fi nancieros que portan a través de la declaración jurada respectiva; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 206-2013/SUNAT/300000, publicada el 24 de agosto de 2013, se aprobaron los formatos “Declaración Jurada de Equipaje” y “Declaración Jurada de Dinero Ingreso - Salida” y con Resolución de Intendencia Nacional N° 03-2017/SUNAT/5F0000 publicada el 4 de marzo de 2017 se aprobó un nuevo formato de la “Declaración Jurada de Equipaje”; Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00407-2013/SUNAT/300000, publicada el 20 de diciembre de 2013, se aprobaron los formatos “Declaración de Ingreso/Salida Temporal de Equipaje” y “Comprobante de Custodia”; Que, asimismo, con Resolución de Superintendencia N° 000232-2020/SUNAT se aprobó el Plan Operativo Institucional 2021, que incluye al Programa Fronteras SMART, el cual tiene como objetivo la modernización del control aduanero, que permitirá contar con controles más