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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (14/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / disponiendo el artículo 16° que los órganos jurisdiccionales que utilizan el Sistema Integrado Judicial - SIJ, podrán generar los boletines o fi chas de manera electrónica, de acuerdo con la factibilidad, y remitirlos a través de la interconexión de los sistemas informáticos; asimismo, una inscripción solo podrá ser cancelada, suspendida o anulada por mandato del órgano jurisdiccional competente o por expresa disposición de la ley, de conformidad con el artículo 18° del Reglamento. Cuarto. Que, la Resolución Administrativa N° 000414-2021-CE-PJ aprobó el nuevo Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias, disponiendo que el Registro Nacional de Requisitorias constituye un sistema de información que sirve de apoyo a la actividad de los órganos jurisdiccionales, y cuya información puede ser compartida con las instituciones públicas de acuerdo al ámbito de sus competencias. Quinto. Que, en el marco de las normas antes citadas y estando a lo establecido en el numeral 6.4 de la Directiva N° 019-2020-CE-PJ “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial”, a través del Informe N° 0049-2021-RENAJU-GSJR-GG-PJ e Informes Nros 0005 y 0010-2022-RENAJU-GSJR-GG-PJ, el Registro Nacional Judicial - RENAJU formuló y sustentó el proyecto de Procedimiento “Inscripción, Levantamiento, Renovación, Suspensión de las Requisitorias, y Generación de la Ficha Única de Requisitorias en el Órgano Jurisdiccional”. Sexto. Que, sobre el particular, el Registro Nacional Judicial - RENAJU, comunica la necesidad de establecer los procesos de inscripción, levantamiento, renovación, suspensión de las requisitorias y generación de la Ficha Única de Requisitoria de los Órganos Jurisdiccionales en forma electrónica, con el uso de la tecnología, considerando que el Sistema Integrado Judicial - SIJ, se encuentra implementado en la mayor parte de los órganos jurisdiccionales, lo cual permitirá contar con la información en tiempo real; surgiendo en consecuencia la necesidad de actualizar el Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias. Sétimo. Que, la Subgerencia de Racionalización en el ámbito de sus funciones señala que los informes formulados por el Registro Nacional Judicial, cumplen con la estructura de sustentación para la presentación de los proyectos normativos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4. de la mencionada Directiva N° 019-2020-CE-PJ; precisando que, de la revisión del proyecto de Procedimiento y actualización del Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias, éstos cumplen con lo dispuesto en el numeral 6.1 de la directiva; por lo que otorga la opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación. Octavo. Que, la O fi cina de Asesoría Legal informa que luego del análisis del contenido y alcance del proyecto de Procedimiento, este tiene por objetivo describir en forma detallada los procesos de inscripción, levantamiento, renovación y suspensión electrónica de las órdenes de captura, mandatos de detención e impedimentos de salida; así como la generación de la Ficha Única de Requisitorias que realizan los órganos jurisdiccionales a través del Sistema Integrado Judicial - SIJ. Asimismo, la citada o fi cina precisa que el objetivo del proyecto de actualización del Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias, es establecer disposiciones que regulan la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Requisitorias, a fi n de brindar información con fi able y oportuna sobre las órdenes de captura, mandatos de detención, impedimentos de salida del país y las resoluciones judiciales de homonimia; concluyendo que fueron formulados dentro del marco normativo vigente; en tal virtud, resulta necesario su aprobación. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 346- 2022 de la décima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de marzo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Alvarez Trujillo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias (Versión 002); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el Procedimiento denominado “Inscripción, Levantamiento, Renovación, Suspensión de las Requisitorias, y Generación de la Ficha Única de Requisitorias en el Órgano Jurisdiccional” (Versión 001); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias (Versión 001), aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000414-2021-CE-PJ. Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2058286-1 Aprueban el “Plan de Capacitación 2022 en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000139-2022-CE-PJ Lima, 9 de abril del 2022VISTO: El O fi cio N° 000120-2022-RT-PPOR1002-P-PJ, cursado por la Responsable Técnica encargada del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer - PPoR 1002. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021- 2026, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2021-MIMP, tiene por fi nalidad organizar estratégicamente el proceso de implementación progresiva del referido sistema, lograr la articulación de las instituciones que lo integran y brindar una respuesta inmediata e idónea a las víctimas, garantizando su acceso a la justicia y protección integral, delimitándose objetivos dirigidos a orientar el trabajo de las instituciones; y al mismo tiempo, establece cuatro ejes estratégicos del sistema, que son: a) organización y gestión operativa; b) desarrollo normativo; c) articulación y d) especialización.