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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (14/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE, y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza Cuadra Velásquez, Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 18 al 22 de abril de 2022, para que participe en reuniones con los Representantes Permanentes del GRULAC ante el PNUMA, a llevarse a cabo del 19 al 21 de abril de 2022. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y negociación en organismos y foros internacionales; y, Código POI AOI00004500029 Gestión de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Gustavo Adolfo Meza Cuadra Velásquez2,817.81 540.00 3 + 2 2,700.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2058290-1 SALUD Designan Ejecutiva Adjunta I del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 297-2022/MINSA Lima, 13 de abril del 2022CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 063- 2022/MINSA, de fecha 07 de abril de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, según el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 2170) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora REINA ISABEL BUSTAMANTE CORONADO en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro (e) de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora REINA ISABEL BUSTAMANTE CORONADO, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I (CAP – P Nº 2170), Nivel F-4, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2058302-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que aprueba el programa de regularización de sanciones impuestas al amparo de los Decretos Supremos Nº 058-2003-MTC, Nº 021-2008-MTC, Nº 016-2009-MTC Y Nº 017-2009-MTC DECRETO SUPREMO Nº 007-2022-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de servicios de transporte de alcance nacional e internacional; y, de manera compartida con los gobiernos regionales y locales, en materia de servicios de transporte de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante MTC, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencias normativas para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, mediante Ley Nº 29380, se crea la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías, en adelante, la SUTRAN, como entidad adscrita al MTC, encargada de normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades de transporte de