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60 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / efi caces, sobre la base de procesos simples, medibles y transparentes, empleando técnicas de gestión de riesgo y el uso intensivo de la tecnología; Que como parte del Programa Fronteras SMART se ha desarrollado un nuevo proceso para la declaración del equipaje afecto al pago de tributos conforme a lo establecido en el Reglamento del Régimen Especial de Equipaje y Menaje de Casa. Para ello se ha implementado un nuevo sistema para declarar y registrar la “Declaración Jurada de Equipaje” y la “Declaración de salida temporal”; de forma complementaria, con la información registrada en el sistema electrónico se van a poder generar documentos vinculados tales como la “Declaración de Ingreso Temporal” y el “Comprobante de Custodia”. Que asimismo, se ha implementado un nuevo proceso para la declaración del ingreso y salida de dinero en efectivo o instrumentos fi nancieros negociables emitidos al portador, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Obligación de Declarar el Ingreso o Salida de Dinero en Efectivo y/o Instrumentos Financieros Negociables Emitidos al Portador, el cual comprende un nuevo sistema para declarar, registrar y reportar la “Declaración Jurada de Dinero y/o Instrumentos Financieros Negociables - Ingreso y la “Declaración Jurada de Dinero y/o Instrumentos Financieros Negociables - Salida”; Que como consecuencia de la digitalización de los procesos de declaración de equipaje afecto al pago de tributos y dinero en efectivo y/o instrumentos fi nancieros negociables emitidos al portador, resulta necesario aprobar los formatos electrónicos de las declaraciones correspondientes; Que el nuevo proceso de digitalización para el uso de los formatos electrónicos implica un proceso de transformación digital del servicio aduanero cuyo impacto en los diversos actores conlleva un proceso de adaptación gradual que hace necesario mantener los formatos físicos de las declaraciones aprobados mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 206-2013/SUNAT/300000, la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00407-2013/SUNAT/300000 y la Resolución de Intendencia Nacional N° 03-2017/SUNAT/5F0000, como mecanismo alternativo de contingencia; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modi fi catorias, y el inciso b) del artículo 18 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar el formato electrónico “Declaración jurada de equipaje” en idioma español e inglés, según detalle comprendido en el anexo I, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. Aprobar el formato electrónico “Declaración de salida temporal” en idioma español e inglés, según detalle comprendido en el anexo II, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3. Aprobar los formatos electrónicos “Declaración jurada de dinero y/o instrumentos fi nancieros negociables - Ingreso” y “Declaración jurada de dinero y/o instrumentos fi nancieros negociables - Salida”, en idioma español e inglés, según detalle comprendido en los anexos III y IV, respectivamente, los cuales son parte integrante de la presente resolución. Artículo 4. Aprobar los formatos de los documentos electrónicos “Comprobante de custodia” y “Declaración de ingreso temporal”, según detalle comprendido en los anexos V y VI respectivamente, los cuales son parte integrante de la presente resolución. Artículo 5. Los formatos aprobados por los artículos 1, 2 y 3 están disponibles en el sistema electrónico que la SUNAT habilite. Este sistema electrónico es puesto a disposición de los pasajeros en el enlace web www.bienvenidoalperu.sunat.gob.pe y en la aplicación móvil APP BIENVENIDO AL PERÚ.Los formatos aprobados por el artículo 4 son generados por la SUNAT con la información que los pasajeros registren en el formato electrónico aprobado en el artículo 1. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA . Conforme con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 6 del Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado con el Decreto Supremo N° 182-2013-EF, las empresas de transporte internacional ponen a disposición de los pasajeros, antes de su arribo al país, el enlace web o código QR para el registro de la “Declaración Jurada de Equipaje”, así como el formato físico de dicha declaración cuando este último sea solicitado por el pasajero. SEGUNDA . La SUNAT pone a disposición del pasajero el enlace web o código QR para la formulación de la “Declaración de salida temporal”, antes de su salida de territorio nacional, así como el formato físico cuando este último sea solicitado por el pasajero. TERCERA. De conformidad con el artículo 3 del Reglamento de la Obligación de Declarar el Ingreso o Salida de Dinero en Efectivo y/o Instrumentos Financieros Negociables Emitidos al Portador, aprobado con Decreto Supremo N° 195-2013-EF, la SUNAT pone a disposición del pasajero, antes del control aduanero, el enlace web o código QR para la formulación de la “Declaración Jurada de Dinero y/o Instrumentos Financieros Negociables - Ingreso” y la “Declaración Jurada de Dinero y/o Instrumentos Financieros Negociables - Salida”, así como los formatos físicos de las citadas declaraciones cuando estos últimos sean solicitados por el pasajero. CUARTA. La aplicación web y móvil para realizar la recepción y registro de las declaraciones aprobadas por la presente disposición estará disponible en las siguientes fechas: a) Declaración jurada de equipaje: desde el 8. 6.2022 b) Declaración jurada de dinero y/o instrumentos fi nancieros negociables - Ingreso: desde el 8.6.2022 c) Declaración de ingreso temporal: desde el 31.1.2023d) Comprobante de custodia: desde el 31.1.2023e) Declaración de salida temporal: desde el 29.3.2023f) Declaración jurada de dinero y/o instrumentos fi nancieros negociables - Salida: desde el 29.3.2023 Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional ANEXO I DECLARACIÓN JURADA DE EQUIPAJE INFORMACIÓN QUE CONTIENE EL FORMATO ELECTRÓNICO DE LA DECLARACIÓN JURADA DE EQUIPAJE Sección I – Información del pasajero:- Tipo de documento - País de nacionalidad- Número de documento- Primer apellido- Segundo apellido- Nombres- Fecha de nacimiento- Correo electrónico- Vía de transporte- Punto de control - Compañía transportadora- Número de vuelo (vía aérea) / número de nave (vía marítima, fl uvial) / número de matrícula, empresa transportadora (vía terrestre) - País de procedencia (donde inicia el viaje)- Fecha de llegada