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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / de la política interna de su distrito Judicial, disponer las acciones complementarias y urgentes a fi n de garantizar la atención al ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario. Por estas razones: SE RESUELVE:Artículo Primero : Las labores del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 1 al 31 de mayo de 2022, se desarrollarán de la siguiente manera: 1. La labor presencial diaria obligatoriamente en cinco horas diarias y, con el fi n de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: a) Primer turno : de 07:45 horas a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. b) Segundo turno : de 13:30 horas a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será aprobado por el/la jefe/a inmediato/a. 2. De manera excepcional, los señores magistrados/ as y jefes inmediatos pueden autorizar que su personal labore ocho horas diarias, siempre y cuando el espacio físico lo permita y se cuente con el informe favorable del administrador de sede, piso o módulo. 3. El personal que, por la naturaleza de sus funciones, labora en el Centro de Distribución General, mesas de partes físicas, SERNOT, áreas de transportes, mantenimiento, archivo, legajos, mesas de partes periféricas no adscritas a la Unidad de Servicios Judiciales, atención al público, Módulo de Atención al Usuario Presencial, administradores de sede, módulo o piso, soporte técnico informático, grupo itinerante de apoyo, personal contratado en las plazas relacionados en la ejecución de los planes de descarga y liquidación, y el personal que carezca de condiciones tecnológicas para realizar trabajo remoto, prestarán sus labores diarias en el horario de 07:45 a 16:45 horas, con una hora de refrigerio de 12:45 a 13:45 horas ; para lo cual se debe observar y garantizar el distanciamiento físico de un metro y medio, el uso permanente de la mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela), debiendo veri fi car los jefes de área la estricta observancia de estas medidas, bajo responsabilidad de los Jefes inmediatos. 4. El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la Corte como vulnerables, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ. Artículo Segundo : La programación de la labor presencial diaria del 1 al 31 de mayo de 2022, señalado en el numeral 1 del artículo precedente, se realizará conforme a los grupos de asistencia ya determinados (Grupo A y Grupo B ), de acuerdo con el siguiente detalle: Grupo Turno A Primer turno (mañana) B Segundo turno (tarde) Los Grupos A y B se alternarán mensualmente en la concurrencia a la sede judicial a realizar labor presencial diaria. A fi n de preservar el aforo y el distanciamiento social, el personal de seguridad no permitirá el ingreso de los trabajadores que no estén comprendidos dentro del turno que les corresponda; asimismo, el ingreso a todas las sedes se efectuará portando el Documento Nacional de Identidad (DNI) y obligatoriamente el carné de vacunación (físico o electrónico) para la veri fi cación del esquema completo de vacunación contra la COVID-19. Artículo Tercero: Los magistrados/as de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000147-2022-CE-PJ, deberán realizar y registrar sus asistencias y/o labores de la siguiente manera: a) Labor presencial diaria (todos los magistrados/ as no vulnerables) mediante los registros tradicionales, dentro del horario de 07:45 horas a 16:45 horas, con una hora de refrigerio de 12:45 horas a 13:45 horas. b) Trabajo remoto (para los jueces y juezas que no cuenten con el esquema de vacunación completa contra la COVID-19, y/o hayan sido evaluados por el profesional médico respectivo de la Corte como vulnerable) mediante el Sistema de Gestión de Trabajo Remoto, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial». Artículo Cuarto: Los magistrados/as y personal jurisdiccional y administrativo que laboran en los órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico (EJE) de la Corte Superior de Justicia de Lima, desarrollarán sus labores de la siguiente manera: 1. Los jueces/zas: (i) trabajo presencial, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 07:45 horas a 16:45 horas, con una hora de refrigerio de 12:45 horas a 13:45 horas y, (ii) trabajo remoto , los días martes y jueves, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial». 2. El personal jurisdiccional y administrativo: (i) trabajo presencial, en dos grupos, “A” (turno mañana, de 07:45 horas a 12:45 horas) y “B” (turno tarde, de 13:30 horas a 18:30 horas) los días lunes, miércoles y viernes, complementándose con tres horas de trabajo remoto y, (ii) trabajo remoto, los días martes y jueves, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial». Artículo Quinto: Los/las servidores/as de la Corte Superior de Justicia de Lima que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, debido a que están sujetos a jornadas atípicas y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales. Artículo Sexto: Las audiencias se desarrollarán en forma virtual aplicándose la normatividad impartida para tal efecto y bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estas deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet; cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables podrán realizarse de modo presencial, debiendo dotarse a los magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias, según sea el caso, para lo cual la Gerencia de Administración Distrital y los/as administradores/as de sede, módulos y pisos deberán proveer a los magistrados/as y los servidores/as de los equipos de protección personal, asegurar las condiciones de bioseguridad y el distanciamiento social entre los asistentes, bajo responsabilidad. El público que asista a las audiencias físicas deberá contar obligatoriamente con su esquema completo de vacunación contra la COVID-19. Artículo Séptimo: Se autoriza a los magistrados/as que efectúan trabajo remoto por razones de vulnerabilidad, a coordinar el retiro de los expedientes de sus respectivos despachos. Igualmente, se autoriza a los jueces/zas (despacho tradicional) y al administrador/a (despacho corporativo) a designar al personal a su cargo autorizado