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97 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / “Artículo 5. DEL ACCESO AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA 5.1. El sujeto que es parte de un procedimiento de cobranza coactiva, de un procedimiento de fi scalización parcial electrónica, de un procedimiento de fi scalización, de una acción inductiva o de un control móvil, que interpone un recurso de reclamación o que presenta la solicitud de devolución EED, de nueva OPF, de nueva NCN o de NCN por el importe del DCTP no utilizado, que se encuentre en trámite, puede acceder al expediente electrónico respectivo para conocer su estado, a través de SUNAT Virtual, para lo cual debe: (…).” 5.2. Incorpórase una duodécima viñeta en el inciso d) en el artículo 1 y los incisos ah), ai) y aj) en dicho artículo; los incisos m) y n) en el artículo 2; un inciso f) en el artículo 4-A; un sexto párrafo en el numeral 5.1. del artículo 5; el numeral 7. en la segunda disposición complementaria fi nal de la resolución, así como el capítulo VIII -que comprende el artículo 27- y una sétima disposición complementaria fi nal en la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/ SUNAT, en los términos siguientes: “Artículo 1. DEFINICIONES (…) d) Documento Electrónico: (…) - Al archivo en PDF/A, de texto, hoja de cálculo u otro tipo de archivo habilitado por SUNAT Operaciones en Línea, cuando se trate del (de los) documento(s) que contenga(n) el escrito electrónico relativo al control móvil a que se re fi ere el numeral 27.2. del artículo 27 o del (de los) que se adjunte(n) a dicho escrito. Además, se requiere que el (los) archivo(s) tenga(n) un tamaño no mayor al permitido por dicho sistema. (…) ah) Acta Probatoria electrónica CM (APe CM): Al acta probatoria electrónica considerada como tal por la normativa que reglamenta el comiso o el internamiento, levantada por el Fedatario Fiscalizador para dejar constancia de hechos que con fi guran la infracción tipifi cada en el numeral 4, 5, 8 o 9 del artículo 174 del Código Tributario. ai) Control Móvil: Al procedimiento iniciado con el levantamiento de un APe CM, según el artículo 182 o 184 del Código Tributario y la normativa que reglamenta el comiso o el internamiento, en el que: - Se sanciona al infractor con el comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos o multa, según sea el caso. También están comprendidas las actuaciones posteriores que, de corresponder, permiten el retiro de dichos bienes o vehículos. - Se determina si aquel que, mediante el escrito correspondiente, indicó ser el propietario no infractor del (de los) bien(es) comisado(s) o vehículo(s) internado(s) acreditó fehacientemente su derecho. También están comprendidas las actuaciones que, de corresponder, permitan el retiro de dichos bienes o vehículos. aj) Normativa que regla-menta el comiso o interna-miento: A la Resolución de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT o a la Resolución de Superintendencia Nº 158-2004/SUNAT, según corresponda.” “Artículo 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN (…)m) El llevado de los expedientes electrónicos de control móvil, los cuales se generan de conformidad con el artículo 4-A. n) La presentación de los escritos electrónicos a que se re fi ere el capítulo VIII.” “Articulo 4-A. DE LA CONDICIÓN PARA QUE SE GENEREN DETERMINADOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS (…) (…) Procedimiento o actuación Condición(es) f) Control Móvil Cuenta con número de RUC y clave SOL, en el momento en que: - Se le levanta un APe CM, de conformidad con la normativa que reglamenta el comiso o el internamiento, según corresponda; - Presenta, a través de SUNAT Operaciones en Línea, un escrito para acreditar, como el propietario no infractor, la propiedad del bien comisado o vehículo internado descrito en un APe CM; - Se ingresa en el sistema la información de un escrito presentado ante la mesa de partes de una dependencia de la SUNAT o en uno de los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional, para acreditar, como el propietario no infractor, la propiedad del bien comisado o vehículo internado descrito en un APe CM o - Se ingresa en el sistema la información de un escrito que fue recali fi cado por la SUNAT como uno presentado, como el propietario no infractor, para acreditar la propiedad del bien comisado o vehículo internado descrito en un APe CM. (…).” “Artículo 5. DEL ACCESO AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA 5.1. (…) Tratándose del expediente electrónico de control móvil, el sujeto que es parte del procedimiento o actuación respectiva puede acceder a dicho expediente a través de SUNAT Virtual siguiendo lo indicado en los incisos a) y b) del primer párrafo de este numeral.” “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (…) Segunda. APLICACIÓN DE LA NORMA EN EL TIEMPO (…) 7. Para el llevado, almacenamiento, conservación y archivo electrónico de los expedientes electrónicos de