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92 NORMAS LEGALES Viernes 16 de diciembre de 2022 El Peruano / lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la Ley Nº 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: “ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 0012-2013-GORE-ICA, DE FECHA 03 DE DICIEMBRE DE 2013 Y LA ORDENANZA REGIONAL N° 0019-2017-GORE-ICA, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2017” Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Regional N° 0012-2013-GORE-ICA, de fecha 03 de diciembre de 2013 y la Ordenanza Regional N° 0019-2017-GORE-ICA, de fecha 29 de diciembre de 2017. Artículo Segundo.- CREAR la “COMISIÓN REGIONAL DE ANTICORRUPCIÓN EN LA REGIÓN ICA” cuya sigla es: “CRA-ICA”, la cual es de naturaleza permanente y se encuentra adscrita al Gobierno Regional de Ica, a fi n de constituir un espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, coordinando para tal efecto con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo Tercero.- CONFORMAR la “COMISIÓN REGIONAL DE ANTICORRUPCIÓN EN LA REGIÓN ICA”, la cual estará integrada por los siguientes representantes: • El/la Gobernador/a Regional de Ica. • El/la Alcalde/sa de la Municipalidad provincial capital de departamento. • El/la Presidente/a de la Corte Superior de Justicia.• El/la Presidente/a de la Junta de Fiscales Superiores.• El/la Procurador/a Pública Anticorrupción Descentralizada. • El/la Gerente/a Regional de Control• El representante de la iglesia católica en el departamento. • El/los representantes/s de la iglesia evangélica en el departamento. • El/los representante/s del sector privado.• El/los representante/s de la sociedad civil.Instituciones Observadores, participan con voz, pero sin voto • Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica. • Decano del Colegio de Abogados de Ica.• Decano Departamental del Colegio de Ingenieros de Ica • El Jefe de la O fi cina Defensorial de Ica, participa en la Comisión Regional Anticorrupción en condición de miembro no pleno con derecho a voz, pero sin voto. • La Secretaría Técnica de la Comisión Regional Anticorrupción participa en las sesiones de la citada Comisión con voz, pero sin voto. Artículo Cuarto.- DETERMINAR, las funciones de la “COMISIÓN REGIONAL DE ANTICORRUPCIÓN EN LA REGIÓN ICA”, siendo estas las siguientes: a) Proponer al gobierno regional acciones de corto, mediano y largo plazo para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito territorial que le corresponde. b) Promover la implementación los lineamientos y estándares de cumplimiento establecidos en la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción, asegurando, entre otros, su incorporación en el Plan de Desarrollo Concertado de la región. c) Promover acciones destinadas a fortalecer una cultura de valores y principios de integridad pública en el ámbito territorial que le corresponde. d) Articular esfuerzos a fi n de mejorar la capacidad de las entidades del Estado en el ámbito territorial que le corresponde para prevenir, investigar y sancionar la corrupción, respetando las competencias asignadas a cada una de ellas.e) Apoyar y coordinar con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y, cuando corresponda, con otras Comisiones Regionales y/o Comisiones Locales Anticorrupción, para el seguimiento de la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción, fortaleciendo los espacios de articulación y adopción de estrategias que sobre la materia se establezcan en los tres niveles de gobierno. f) Las demás que se adopten mediante acuerdo y se deriven de la Ley y el presente Reglamento. Artículo Quinto.- DETERMINAR, que es la Presidencia, quien asume la titularidad de la “CRA-ICA”; el cual es elegido (a), entre sus miembros y tienen carácter rotatorio cada año. La Presidencia solo puede recaer en los representantes de las entidades públicas. La “COMISIÓN REGIONAL DE ANTICORRUPCIÓN EN LA REGIÓN ICA”, será convocada y presidida en la primera sesión por el Gobernador del Gobierno Regional de Ica. Artículo Sexto.- DETERMINAR, que es la SECRETARIA TÉCNICA, quien ejecuta los acuerdos de la “CRA-ICA”; así como la dirección y elaboración de los estudios y trabajos técnicos que requieren esta Comisión, para el cumplimiento de sus fi nes, y funciones, el Secretario Técnico o quien haga a sus veces, de la Comisión Regional de Anticorrupción de Ica, participa en las sesiones con voz pero sin voto. Artículo Séptimo.- DISPONER, que cualquier funcionario del Gobierno Regional de Ica y/o persona obligada al cumplimiento de la presente norma, la incumpla, será sujeto al inicio a los procedimientos administrativos disciplinarios y/o sancionadores ante la secretaría técnica así como las sanciones penales y civiles que el caso amerite. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas. Comuníquese al señor Gobernar de Ica para su promulgación y publicación. Dado en la ciudad de Ica, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil veintidós EDITH NANCY GUILLEN CANALES Consejera Delegada Consejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los 17 días del mes de noviembre de dos mil veintidós. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional 2134014-1 Ordenanza que dispone el cumplimiento de la Ley N° 29973 y otras normas para lograr la inclusión social y el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad con igualdad de oportunidades en la Región Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2022-GORE-ICA Ica, 17 de noviembre de 2022