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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 134

134 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car el “Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2022” de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, respecto al siguiente organismo internacional: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (S/)PERSONA JURÍDICA 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería11 000,00Energy Regulators Regional Association – ERRA Artículo 2.- Afectación presupuestal Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2139650-10 Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO N° 067-2022-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2022; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 31365, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internaciones incluidas en el citado Anexo, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, se encuentra en la lista de Pliegos Presupuestales contenidos en el Anexo B de la Ley N° 31365, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual 2022 a favor de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA- AMA), por el importe de S/ 96 640,00 (NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES); y, del Consejo Iberoamericano del Deporte (CID), por el importe de S/ 5 700,00 (CINCO MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES); no obstante, dichos montos resultan insu fi cientes para cumplir con la obligación ante dichos organismos internacionales; toda vez que a la fecha queda pendiente de pago un saldo de la cuota internacional del Año Fiscal 2020 a favor de la WADA – AMA, y el pago de las cuotas íntegras del Año Fiscal 2021 a favor de la WADA -AMA y CID; así, mismo, resulta insu fi ciente el monto aprobado para el pago de cuotas internacionales del Año Fiscal 2022; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde modi fi car el referido Anexo B, por la suma ascendente de S/ 272 655,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA), y la suma de S/ 12 900,00 (DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Consejo Iberoamericano del Deporte (CID), a fi n de efectuar el pago correspondiente; Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, con cargo a las Fuentes de Financiamiento: Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA) y el Consejo Iberoamericano del Deporte (CID); Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, fuentes de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, de acuerdo al siguiente detalle: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDAFUENTE DE FINANCIAMIENTOMONTOPERSONA JURÍDICA 342: Instituto Peruano del DeporteSOLESRecursos Ordinarios 96 640.00 Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA)Recursos Directamente Recaudados176 015.00 342: Instituto Peruano del DeporteSOLESRecursos Ordinarios 5 700.00 Consejo Iberoamericano del Deporte (CID)Recursos Directamente Recaudados7 200.00 Artículo 2.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecutan con cargo al presupuesto del presente Año Fiscal del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, por las fuentes de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA Ministro de Educación ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2139650-11