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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2022 (06/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 105

105 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / - El Gerente GATR es el responsable general de todo el proceso de emisión masiva, tiene la función de garantizar el cumplimiento de las 4 etapas del proceso, para lo cual tiene una dedicación del 12.50%. - El Subgerente SGR tiene la función de dirigir, asesorar y asimismo controlar el desempeño de su personal durante las 4 etapas del proceso de emisión mecanizada de acuerdo a su competencia funcional. Tiene una dedicación al proceso de emisión mecanizada del 25%. - El Subgerente SGII tiene la función de dirigir, asesorar y asimismo controlar el desempeño de su personal durante la 1ra etapa del proceso de emisión mecanizada de acuerdo a su competencia funcional. Tiene una dedicación al proceso de emisión mecanizada del 12.50%. - El Gerente GTIC tiene la función de dirigir, asesorar y asimismo controlar el desempeño de su personal durante la 2da etapa del proceso de emisión mecanizada de acuerdo a su competencia funcional. Tiene una dedicación al proceso de emisión mecanizada del 12.50%. Los porcentajes de dedicación fueron determinados de la siguiente manera : CargoHoras dedicadas a la emisión masivaTotal horas / día% De dedicación Gerente GATR 1 8 12.50% Subgerente SGR 2 8 25.00% Subgerente SGII 1 8 12.50% Gerente GTIC 1 8 12.50% Página 12 : DICE:3.7. ESTIMACIÓN DE INGRESOS DEL SERVICIOEl cuadro adjunto muestra la estimación de los ingresos por concepto de la emisión mecanizada de tributos municipales 2022. CANTIDAD DE CONTRIBUYENTESTASA ANUAL PARA UN SOLO PREDIOINGRESO ESTIMADO 1 60,277 2.87 172,994.99 CANTIDAD DE PREDIOS ADICIONALESTASA ANUAL PARA PREDIO ADICIONALINGRESO ESTIMADO 2 22,931 1.14 26,141.34 INGRESO ANUAL ESTIMADO (1+2) 199,136.33 La cobertura del servicio registra un nivel de porcentaje del 99.76 %. INGRESO TOTALCOSTO TOTAL DIFERENCIA% DE COBERTURA [ a ] [ b ] [ a - b ] [ a / b ] 199,136.33 199,608.27 -471.94 99.76% DEBE DECIR: 3.7. ESTIMACION DE INGRESOS DEL SERVICIOEl cuadro adjunto muestra la estimación de los ingresos por concepto de la emisión mecanizada de tributos municipales 2022.CANTIDAD DE CONTRIBUYENTESTASA ANUAL PARA UN SOLO PREDIOINGRESO ESTIMADO 1 60,277 2.87 172,994.99 Se ha mencionado que se tiene 60,277 de Contribuyentes y 83,208 Predios, de donde se deduce que la cantidad de predios supera a la cantidad de contribuyentes, ello implica que existen contribuyentes que tienen más de un predio registrado como suyos, que en suma hacen un adicional total de 22,931 predios. Por ello, si bien se emitirá un total de 60,277 cuponeras debido a la cantidad de contribuyentes y que cada cuponera contiene un formato de cada tipo; pero será necesario la emisión adicional de un PU más un HLA para aquellos 22,931 predios, ya que dichos formatos se emiten por cada predio individual existente. CANTIDAD DE PREDIOS ADICIONALESTASA ANUAL PARA PREDIO ADICIONALINGRESO ESTIMADO 2 22,931 1.14 26,141.34 INGRESO ANUAL ESTIMADO (1+2) 199,136.33 La cobertura del servicio registra un nivel de porcentaje del 99.76 %. INGRESO TOTALCOSTO TOTAL DIFERENCIA% DE COBERTURA [ a ] [ b ] [ a - b ] [ a / b ] 199,136.33 199,608.26 -471.93 99.76% 2028047-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Ordenanza que aprueba el “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del distrito de Jesús María” ORDENANZA N° 656-MDJM Jesús María, 29 de diciembre de 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE JESÚS MARÍA: POR CUANTO: En Sesión Ordinaria N° 24 de la fecha;VISTOS: El O fi cio N° D001334-2021-MML-GSGC, signado con Documento N° 2021-17832, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargada de la Secretaría Técnica de los Comités de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 094-2021-MDJM/GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 141-2021-MDJM-GPPDI-SGPIMGP de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, el Informe N° 082-2021-MDJM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N° 570-2021/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; el Proveído N° 1378-2021-MDJM/GM de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 002-2021-MDJM-CSC de la Comisión de Seguridad Ciudadana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y