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25 NORMAS LEGALES Viernes 21 de enero de 2022 El Peruano / Designan Coordinador de Equipo del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 034-2022-MINEDU Lima, 20 de enero de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador(a) de Equipo del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JORGE LUIS CHOQUE MAMANI en el cargo de Coordinador de Equipo del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2032482-1 Designan Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 036-2022-MINEDU Lima, 20 de enero de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) General de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor FERRER ROBINSON MAIZONDO SALDAÑA en el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2032499-1Aprueban el documento normativo denominado “Lineamientos para la implementación de la gestión de la Responsabilidad Social Universitaria” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 007-2022-MINEDU Lima, 20 de enero de 2022 VISTOS, el Expediente N° 0149164-2021, el Informe N° 00262-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Informe N° 01769-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01387-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 1 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) señala que el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; Que, asimismo, el artículo 5 de la citada Ley establece los principios que rigen a las universidades, entre ellos, la pertinencia y compromiso con el desarrollo del país, la pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social y la ética pública y profesional; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124 de la Ley Universitaria, la Responsabilidad Social Universitaria es la gestión ética y e fi caz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones: académica, de investigación y de servicio de extensión y participación en el desarrollo nacional en sus diferentes niveles y dimensiones; incluye la gestión del impacto producido por las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria, sobre el ambiente y sobre otras organizaciones públicas y privadas que se constituyen en partes interesadas. Asimismo, cabe indicar que la responsabilidad social universitaria es fundamento de la vida universitaria, contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2020-MINEDU, se aprueba la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva (en adelante, PNESTP), la cual tiene por objetivo que, en el año 2030, al menos cinco de cada diez peruanos accedan a una formación integral para alcanzar competencias para el ejercicio de su profesión y desarrollo de la investigación e innovación, contribuyendo al desarrollo y competitividad del país; Que, la PNESTP cuenta con un modelo conceptual basado en cuatro elementos que tienen como centro de su desarrollo a los estudiantes; entre los que destacan, el proceso formativo integral el cual desarrolla distintos