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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2022 (22/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 22 de enero de 2022 El Peruano / conforme al procedimiento de selección establecido mediante Resolución de Presidencia; asimismo, señala que la designación debe realizarse de tal manera que la renovación se produzca de forma escalonada; Que, considerando que el 31 de diciembre de 2021 culminó el periodo de designación de los vocales de la JARU y del Tastem dispuesto por Resolución de Consejo Directivo N° 215-2018-OS/CD y que además, mediante Resolución N° 146-2021-OS/CD publicada el 16 de junio de 2021, se designó como vocal titular al señor Luis Alberto León Vásquez (quien en esa fecha venía ejerciendo como vocal suplente del Tastem), con Resolución N° 91-2021-OS/PRES se designó al Comité a cargo de la conducción del concurso público para la selección de los postulantes a ser presentados al Consejo Directivo de Osinergmin para la designación de vocales de la JARU y del Tastem; Que, el Comité de Selección realizó la convocatoria al concurso público y, luego de su culminación, ha presentado al Consejo Directivo la relación de candidatos fi nalistas; Que, asimismo, mediante Resolución N° 215-2018- OS/CD fue designado como Presidente de la Sala 1 del Tastem el señor Luis Alberto Vicente Ganoza de Zavala, razón por la cual corresponde también designar al profesional que presidirá la referida Sala; De conformidad con lo dispuesto en el inciso m) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD; con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 01-2022. SE RESUELVE:Artículo 1. - Designación de vocales de JARU Designar como vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios – JARU por el periodo del 24 de enero de 2022 al 23 de enero de 2025, a los siguientes profesionales: Vocal titular de la Sala Colegiada: Señor Humberto Luis Sheput Stucchi. Vocal suplente: Señor Eduardo Robert Melgar Córdova. Artículo 2. - Designación de vocales de Tastem Designar como vocales del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem, por el periodo del 24 de enero de 2022 al 23 de enero de 2025, a los siguientes profesionales: Vocal titular de la Sala 1: Señor Iván Eduardo Castro Morales. Vocal titular de la Sala 2: Señor Sergio Enrique Cifuentes Castañeda. Vocal suplente: Señor Yosue Felipe Valdez Carpio.Artículo 3. - Designación de Presidente de Sala 1 de Tastem Designar como Presidente de la Sala 1 del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem al señor Santiago Bamse Eduardo Jaime Antúnez de Mayolo Morelli por el periodo del 24 de enero de 2022 al 13 de julio de 2022. Artículo 4.-Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo 2032565-1ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0003-2022-PD-OSITRAN Lima,19 de enero del 2022VISTOS:El O fi cio N° 000666-2021-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Memorando N° 00012-2022-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración, el Informe N° 0004-2022-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 0023-2022-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 028-2022-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - Ositrán, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, encargado de regular, normar, supervisar y fi scalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 060-2021-CD-OSITRAN, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fi scal 2022 del Pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público-Ositrán; Que, a través del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría externa, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el citado artículo dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; la resolución del titular del pliego se publica el diario o fi cial El Peruano; Que, por Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG de 4 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, mediante el O fi cio Nº 00666-2021-CG/GAD de 17 de noviembre 2021, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República señaló que el monto