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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2022 (22/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 22 de enero de 2022 El Peruano / IV. Ente competente que debe aprobar la Modi fi cación del Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán: 4.1. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, “Ley de Procedimiento Administrativo General”, en su artículo 44°, numeral 44.1° regula: “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo”; la cual debe concordarse con lo establecido en el artículo 18° de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, que regula la aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo; por lo que corresponde al Titular del Pliego aprobar la MODIFICACIÓN del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Resolución Consejo Universitario N° 0769-2019-UNHEVAL, de fecha 27 de febrero de 2019; V. Conclusiones y recomendaciones:5.1. Se remite el proyecto de Modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, con 41 procedimientos administrativos para que se emita el informe respectivo previo a su aprobación mediante resolución rectoral; para lo cual adjunta: Un ejemplar del Texto Único Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, adecuado al Sistema Único de Tramite (1 fi le); Formato de Informe resumen para la modi fi cación del TUPA (Formato A) suscrito por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (1 fi le); Formato de Sustento Legal y Técnica (Formato B) suscrito por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y Jefe de la Unidad de Modernización (1 fi le); O fi cio N° 286-2021-UNHEVAL-DIGA, de fecha 31 de diciembre de 2021 conteniendo el informe Técnico emitido por la Dirección de Administración sobre el sustento de los costos en 07 folios (7 fi le); Que Secretaria General de la UNHEVAL, con O fi cio N° 0404-2021-UNHEVAL/SG, de fecha 31.DIC.2021, dirigido al Rector, remite el expediente descrito en el considerando anterior, precisando que se advierte que la modi fi cación del TUPA de la UNHEVAL cumple con los requisitos establecidos en el artículo 17.3° de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, que “Regula la Aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo”; asimismo cumple con todos los lineamientos establecidos en las norma legales señaladas en el informe digital N° 0027-2021-UNHEVAL/OPyP/UOM; por lo que, solicita la aprobación de la Modi fi cación del TUPA de la UNHEVAL, adecuado al SUT, mediante resolución rectoral; Que, el Rector, remite el presente caso a Secretaria General, con Proveído N° 0838-2021-UNHEVAL-R, para que se emita la resolución correspondiente; y, Estando a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria N° 30220; por el Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución N° 067-2021-UNHEVAL-CEU, del 09.AGO.2021, del Comité Electoral Universitario de la UNHEVAL, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2021 hasta el 01.SET.2026, al Rector y Vicerrectores de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco; asimismo, teniendo en cuenta el O fi cio Nº 5224-2021-SUNEDU-02-15-02, emitido por la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU, a través del cual se informa el registro de datos de las autoridades de la UNHEVAL; y la Resolución Rectoral N° 0441-2021-UNHEVAL, del 30.DIC.2021, que encargó las funciones de Rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco a la Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios, Vicerrectora Académica, por encontrarse el Titular con licencia por motivos personales;SE RESUELVE: 1°. APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MODIFICADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO, el cual cuenta con 41 procedimientos administrativos, el mismo que forma parte de la presente Resolución; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 2°. DISPONER la PUBLICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO MODIFICADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO, en el Diario O fi cial “El Peruano”; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 3° ENCOMENDAR a la responsable del Portal de Transparencia y a la O fi cina de Tecnologías de la Información de la UNHEVAL, publicar la presente Resolución, en el portal de transparencia y en la página web de la institución: www.unheval.edu.pe, respectivamente. 4°. DISPONER que el Vicerrectorado Académico, el Vicerrectorado de Investigación, los decanatos de las facultades, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad Funcional de Modernización, Dirección General de Administración y las demás unidades orgánicas y unidades funcionales competentes adopten las acciones que corresponde para la implementación de la presente Resolución. 5°. DAR A CONOCER la presente Resolución a los órganos competentes. Regístrese, comuníquese y archívese.NANCY G. VERAMENDI VILLAVICENCIOS Rectora (e) NINFA Y. TORRES MUNGUIA Secretaria General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2032303-1 Aprueban modificación del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 000046-2022-R/UNMSM Lima, 6 de enero del 2022Visto el expediente digital, con registro de Mesa de Partes General N.º 14000-20210000169 del Despacho Rectoral, sobre acuerdo de la Asamblea Universitaria. CONSIDERANDO:Que el Artículo 50º del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos establece que la Asamblea Universitaria es el máximo órgano de gobierno de la universidad, y a través de los once incisos del artículo 51º se señalan las distintas atribuciones que le otorga la Ley Universitaria; Que mediante Resolución Rectoral N.º 010635-2021- R/UNMSM del 25 de setiembre de 2021, se aprobó por acuerdo de la Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria virtual de fecha 20 de setiembre de 2021, la conformación de la Comisión encargada de revisar todos los artículos de modi fi cación del Estatuto y dar lineamientos de integración de los Estudios Generales en las Facultades por especialidad, presidida por el Vicerrector Académico de Pregrado y conformada por los docentes y estudiantes que en ella se indica;